Año 1813 |
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SESIÓN DE 8 DE ENERO DE 1813.Presentación de Mariano Prado sobre que se le diese certificado de un expediente.- Proyecto de dar más extensión a la cárcel pública.- Sitio para guardar los utensilios de los presidiarios.- Sobre cesión de raciones de nieve a favor de la Sociedad Económica de Amigos del País.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, se leyó una presentación de don Mariano Prado, en la que exponía que tenía un sitio de su dominio ubicado junto al [sic] Pirámide del Tajamar, hacia el poniente, entre el tajamar y el río, y que la escritura que acreditaba su legitima propiedad se había traspapelado con motivo de un expediente que siguió ante este Ilustre Cabildo sobre despojo, y que para asegurar su posesión mandase el Ayuntamiento que el escribano del Cuerpo le diese un certificado de todo lo contenido en el citado expediente, con citación del Procurador General de ciudad, a lo que accedió el Cabildo, decretando lo siguiente: “Certifique el escribano como pide esta parte, con citación del Procurador General de ciudad”.2. Pasóse después a tratar sobre el proyecto de dar más extensión a la cárcel pública de esta ciudad, y para proceder con acierto en este asunto, comisionó el Cabildo al Regidor don Isidoro Errázuriz para que reconociese con detención las proporciones del edificio, y, hecho, informase al Cuerpo.3. Leyese después una presentación de don Vicente Urbistondo y don José María de los Álamos, en que proponen que los utensilios y herramientas de los presidiarios que se guardan en el edificio del basural se podían transportar a uno de los ojos del puente, para verificar el arriendo del expresado edificio, a lo que mandaron los señores regidores que informase el Procurador General de ciudad.4. Después se leyó un oficio del Regidor secretario don Antonio José de Irisarri, en el que propone que para proporcionar algunos fondos a la Sociedad Económica de Amigos del País que se pretende formar, podían los señores capitulares ceder las raciones de nieve y pulperías, que se benefician todos los años, y que de este modo mostraría el Cabildo su decidido patriotismo y daría unas pruebas nada equívocas del celo por la felicidad del pueblo; y conformándose el Cabildo con esta propuesta, acordaron que se cediesen las raciones de nieve y pulperías a favor de los fondos de dicha Sociedad. Con lo cual se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen en su sala capitular, a 8 de enero de 1813. Joaquín Trucíos. - Jorge Godoy.- Isidoro de Errázuriz.- José Antonio Valdés.- Antonio de Hermida.- José Manuel de Astorga.- José Agustín Jaraquemada.- Anselmo de la Cruz.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 12 DE ENERO DE 1813.Sobre policía.- Ensanche de la cárcel.- Receptor de penas de cámara.-Indagación sobre el origen del humo que ofuscaba la ciudad.Leído el acuerdo anterior, y firmado por los señores que asistieron, se vio una representación del Alcalde de barrio de la Chimba, en la que se queja a el Cabildo de la mala policía que se advierte en la calle de la Recoleta a la Artillería, con todos los demás defectos que menudamente expone: en cuya vista este Cuerpo tuvo bien decretar lo siguiente: “Santiago, y enero 12 de 1813.- El sobrecargo del presidio auxiliará al alcalde de barrio de la Chimba con los presos necesarios para que se remedien los males de que se queja en esta representación por la falta de policía en la calle de la Recoleta a la Artillería, y sobre los demás ramos de que hace relación”.2. Leyóse el informe del Regidor don Isidoro Errázuriz encargado por el Cabildo para que examinase el modo de verificar el proyecto de dar extensión a la cárcel pública de esta ciudad remitido por la Excelentísima Junta a este Cuerpo para que expusiese lo que hallase conveniente en este particular; y como varios señores regidores pidiesen término para imponerse mejor en las conveniencias o perjuicios de este proyecto, se dejó su resolución para el Cabildo inmediato.3. Leído el oficio de la Excelentísima Junta fecha de hoy en que previene al Cabildo nombre a un Regidor para que desempeñe el encargo de receptor de penas de cámara, se verificó a pluralidad de votos en el Procurador General de ciudad don Anselmo de la Cruz; habiéndose mandado pasar oficios a la Excelentísima Junta y al Regidor electo para su Gobierno .4. Observando el Cabildo que toda la atmósfera alrededor de la ciudad estaba cargada de un humo espeso y caliente, que causaba notable variación en el temperamento; procurando inquirir el lugar en que se habría pegado el fuego a algún monte, de cuya causa solamente podía provenir aquel accidente, se comisionó al señor Regidor don Antonio Hermida para que con el celo de alguaciles y cuatro ministros lo averiguase y diese parte del resultado. Con lo cual, no siendo ya hora de continuar el despacho, se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile a 12 de enero de 1813.- Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- José Antonio Caldera.- Isidoro de Errázuriz.- José Manuel de Astorga.- Nicolás Matorras.- José Agustín Jaraquemada.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 13 DE ENERO DE 1813.Sobre incendios, escuelas y cárcel.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, se acordó pasar oficio a la Excelentísima Junta, representándole los graves daños que causan en las poblaciones las quemazones de los campos inmediatos y pidiéndole diese sus providencias a efecto de evitar este abuso. Se pasó el oficio que consta en el libro respectivo.Se trajo a consideración el expediente sobre arreglo de escuelas, y viendo lo informado por el Regidor comisionado don Tomás Vicuña, se reprodujo al Superior Gobierno y se mandó copiar en el libro de informes.Finalmente, se acordó reproducir a la Excelentísima Junta el informe del Regidor don Isidoro Errázuriz sobre el expediente de dar extensión a la cárcel. Y no siendo hora de continuar el despacho, se disolvió el acuerdo de este día, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 13 de enero de 1813.- Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- José Antonio Valdés.- Isidoro de Errázuriz.- José Manuel de Astorga.- Anselmo de la Cruz.- José Agustín Jaraquemada.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 15 DE ENERO DE 1813.Tres sermones.- Recepción del señor don Silvestre Laso.- Remate de la dehesa.- Derecho de pregonería.- Acequias urbanas.- La una y media del día, hora incompetente para el despacho.Leído y firmado el acuerdo anterior, se trató de encomendar los sermones de Santiago, Santa Rosa y San Francisco Solano, que paga la ciudad anualmente en las funciones de estos días, y se acordó encargar el primero al Doctor Argandoña, el segundo al Doctor Bilbao, y el tercero al doctor Ramírez; para lo cual se hizo llamar al Sota-síndico y se le dio parte de este acuerdo.Incontinenti se mandó llamar al escribano del Cuerpo para que asistiese al recibimiento de don Silvestre Laso, que vino a tomar posesión de los cargos de Asesor y Abogado de Cabildo; y lo verificó, prestando el juramento de estiloSe leyó el informe del Procurador General sobre la prórroga que pide de dos años el subastador de la dehesa, mandado extender por el Tribunal de Apelaciones con acuerdo del Cabildo, y hallándose conforme con el derecho de este Cuerpo, se aprobó por todos los señores.Se presentó después otro informe del Procurador General sobre el derecho de pregonería que reclama el subastador de este ramo por una mina subastada, y como el Tribunal de Minería citase una ley de Indias en que apoyaba el privilegio de los mineros, por la cual se pretende que las minas están libres de los derechos de este ramo, se acordó consultar al Asesor, para lo cual se le entregaron los antecedentes.Vióse después otra representación del Procurador General en que propone al Cabildo se dirija por el medio de las calles el repartimiento de aguas, que hoy se hace dentro de las casas, para evitar de esta suerte las quejas de los vecinos por las incomodidades que reciben por el estado actual de las acequias; a lo cual se decretó lo siguiente: “Pase al Regidor Juez de Aguas para que informe”.Finalmente, habiendo hecho presente el señor Alcalde don Jorge Godoy que tenía que evacuar cierta diligencia, que le encargaba el Gobierno fuera de la capital, por lo que debía separarse por algunos días del Cuerpo, se nombró al Regidor don José Antonio Valdés para que quedase en lugar de este Alcalde. Y siendo la una y media del día, hora incompetente para continuar el despacho, se disolvió el acuerdo de este día, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 15 de enero de 1813.- Joaquín de Trucíos.- José Antonio Valdés.- Isidoro de Errázuriz.- José Manuel de Astorga.- Anselmo de la Cruz.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 19 DE ENERO DE 1813.Sobre ensanche de la cárcel.- Rendición de censos.- El derecho de carreras.- derecho de pregonería.- Sobre camino y arancel de los baños de Cauquenes.- Sobre pago de cátedras con fondos municipales.- Sobre alta policía.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores del margen, hizo presente el Regidor don Isidoro Errázuriz que la Excelentísima Junta había aprobado el proyecto de dar extensión a la cárcel, según el informe pasado del Cabildo sobre la materia; y que, en atención a habérsele comisionado al referido Regidor la realización de este proyecto, pedía se le diese por este Cuerpo a don Ramón Moreno la mayordomía de la obra, pues podía de este modo ahorrarse mucho gasto, teniendo el referido Moreno la obligación de asistir con los presos a las obras públicas por razón de su empleo de sobrecargo del presidio. Se llamó a Moreno en virtud de lo expuesto y se le ordenó que asistiese a la obra de la cárcel en calidad de mayordomo, bajo la dirección del Regidor don Isidoro de Errázuriz.2. Vióse un escrito del maestro Pedro Plata en que pedía se le permitiese redimir el principal de cuarenta pesos que reconocía a censo a favor de esta ciudad un sitio que compró en la Alameda a don Fortunato Mesías, y se decretó lo siguiente: “El Sota-síndico don Camilo Gallardo, con conocimiento del Procurador General de Ciudad, perciba y cancele este principal”.3. Se leyó una representación del Procurador General de ciudad en la que pedía al Cabildo reclamase el derecho de carreras, que en todos tiempos ha sido uno de los ramos de propios de ciudad; y encontrándose este Cuerpo sin in instrucción necesaria para girar este expediente, se acordó pasarlo al abogado para que, imponiéndose a fondo de este asunto, diese cuenta con el resultado.4. El Asesor, consultado en el acuerdo anterior sobre el sentido de la ley en que apoya el Tribunal de Minería su resistencia a pagar el derecho de pregonería, ha informado presentando copia literal de la citada ley, que es come sigue: “Que en cuanto a los cuatro años, se entiendan por lo que fuese debido a los recaudadores, y no haya lugar a lo que a Nos es o fuese debido, ni en aquello que queda por recaudar para Nos por remisión o negligencia de los dichos nuestros recaudadores y arrendadores” . En cuya virtud, ordenó el Cabildo se pasase oficio al referido Tribunal de Minería haciéndole presente el sentido de la misma ley que cita en su apoyo, exigiéndole nuevamente el pago de este ramo.5. Pasóse después a ver el informe del director de obras públicas don Luis de Santa María, sobre las cuentas rendidas por el subastador de la plaza, y advirtiendo del citado informe que carecen aquellas cuentas de los documentos indispensables para su aprobación, se decretó lo siguiente: “El subastador instruya su cuenta en forma”.6. Visto el expediente promovido por el Procurador General de Ciudad sobre componer el camino de los baños de Cauquenes, y arreglar un arancel para la venta de víveres y alquiler de ramadas en los citados baños, a consecuencia del decreto de la Excelentísima Junta en que se manda informar al Cabildo nuevamente sobre in contestación del Marqués de Casa-Larraín, acordó este Cuerpo oír por segunda vez al Procurador General para que propusiese los arbitrios que se necesitan para componer el citado camino.7. Leyóse la representación del Rector del Convictorio de San Carlos dirigida al Excelentísimo Gobierno, en la que propone dotar con los quinientos pesos que ofrece el Cabildo en su oficio de diez y siete de junio próximo pasado un catedrático de latinidad que la enseñase a los capistas en aula separada de los colegiales, y debiendo informar sobre este particular en virtud del decreto de la Excelentísima Junta de nueve del presente, se acordó verificarlo, exponiendo que la cesión de los quinientos pesos que ofreció el Cabildo era con el objeto de aumentar los fondos del Colegio de San Carlos y de ninguna manera para multiplicar el número de catedráticos en una misma clase; que la intención del Cabildo fue conseguir que el mismo catedrático que enseñase latinidad a los colegiales sirviese a los capistas, para que ahorrándose los quinientos pesos que pagaba el Cabildo fuera del colegio, quedase esta cantidad libre para destinarse al fomento de este establecimiento, a fin de que jamás careciese de fondos para su conservación. Con este motivo se recordó en el Cabildo la injusticia con que los catedráticos de la Universidad cobran sus rentas, sin desempeñar los cargos de sus cátedras, pues es constante que ninguno de ellos enseña, ni en sus casas, ni en el colegio, ni en la Universidad; y debiendo el Cabildo procurar el remedio de este abuso, tanto por su representación pública, como por pagarse del ramo de propios cinco mil pesos para dotación de las cátedras de la Universidad, acordó pasar oficio a la Excelentísima Junta pidiéndole se obligue a estos catedráticos a hacer sus respectivas cátedras en el Convictorio de San Carlos, ya que no lo verifican en la Universidad, según su instituto.8. Tratóse, finalmente, de representar a la Excelentísima Junta la necesidad de formar un reglamento de policía para los alcaldes de barrio, en el cual se consulte proporcionar a esta capital las ventajas que trae a la seguridad pública el conocimiento de todos los habitantes, de sus ocupaciones, carácter y circunstancias, especialmente de los transeúntes, que siempre deben ser sospechosos a un Gobierno recién establecido. Se acordó pasar el correspondiente oficio sobre este particular; y con esto se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen en la sala capitular de Santiago de Chile, a diez y nueve de enero de 1813.- Joaquín de Trucíos.- José Antonio Valdés.- José Manuel de Astorga.- Isidoro de Errázuriz.- Anselmo de la Cruz.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 22 DE ENERO DE 1813.Sobre el derecho de carreras.- Petición del subastador de la casa de gallos.- Proyecto sobre reunir las acequias de la Cañada.- Representación del Secretario.Leído el decreto anterior y firmado por los señores que a él asistieron, dio parte el abogado de este Cuerpo de la materia que ministraba para su defensa el expediente que se le mandó examinar en el acuerdo anterior, sobre reclamar el derecho de carreras para agregarlo a los propios de ciudad; y en atención a ser esta una materia que se versa en varios puntos de legislación, se le encargó al referido abogado hiciese la defensa correspondiente.Se vio un escrito presentado por el subastador de la casa de gallos en que pedía interpusiese el Cabildo su mediación con el Inspector de Urbanos para que no se le obligase a concurrir a los ejercicios doctrinales de su Cuerpo, en atención a la asistencia incesante que le exigía la subasta de un ramo de propios de ciudad en que se interesaba del mismo modo su provecho particular y el beneficio público; a cuya presentación decretó el Cabildo lo siguiente: “Santiago y enero 22 de 1813.- Pásese esta representación original al Superior Gobierno con el oficio de estilo, suplicando se liberte de las pensiones que expone el suplicante, en atención al perjuicio que pueden recibir los caudales públicos”.Vióse el proyecto que propone el agrimensor general don Martín Ruiz de Arbulú sobre reunir las acequias de la Cañada y la ciudad en el punto de la calle de la Rosa que señala en su plano por el N. O., y discurriendo el Cabildo que podría ser útil al público la realización de este proyecto, pasóse a informe al señor Juez de Aguas para que lo examinase en compañía del Regidor don Isidoro Errázuriz.Finalmente, se leyó una representación hecha por mí el secretario en que solicito se me satisfagan los gastos que he suplido en la composición de las piezas de la Secretaría de este Cabildo, como constan pormenor de la cuenta presentada: a lo cual se mandó informase el Procurador General de Ciudad. Con lo cual se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 22 de enero de 1813.- Joaquín de Trucíos.- José Antonio Valdés.- Anselmo de la Cruz.- Isidoro de Errázuriz.- José Manuel de Astorga.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 26 DE ENERO DE 1813.Sobre construcción de un coliseo.- Sueldo del secretario y gastos de secretaría.- Padrón para alumbrado y serenos.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, se vio la representación mandada extender por el Cabildo al Procurador General don Anselmo de la Cruz sobre la propuesta que yo el secretario tengo hecha al Gobierno de levantar un coliseo firme. Se firmó y mandó dirigir a la Excelentísima Junta Gubernativa.2. Vióse después el informe del Procurador General pedido por el Cabildo sobre la cuenta presentada por mí el secretario de los gastos causados en la Secretaría, y trayendo a la vista el acuerdo de 9 de noviembre de 1811, en que se creó esta oficina, acordó el Cabildo, consultando los ahorros de los caudales públicos, sin perjuicio de los intereses de los particulares que se dediquen al servicio de este Cuerpo en la plaza de secretario, se suspenda el pago de los cien pesos anuales que en aquel acuerdo se señalaron para los gastos de papel, plumas y demás de su resorte; disponiendo que todos los meses instruya su planilla el Regidor encargado de la Secretaría, en la que deberán constar los gastos que haya hecho con toda la individualidad posible; a cuyas planillas se pondrán al pie el visto bueno del Cabildo para que se cubran por el Sota-síndico; y por lo respectivo a la cuenta de los gastos de la composición y arreglo de la secretaría, se decretó lo siguiente: “El Sota-síndico pagará los 94 pesos 3 reales que resultan de la cuenta adjunta, gastados en aperos para la Secretaria; omitiéndose el contribuir mensualmente con la cuota correspondiente a los cien pesos asignados en acuerdo de 9 de noviembre de 1811, que, sin revocarlo, tiene a bien el Cuerpo determinar que en lo sucesivo se paguen las planillas que presenta el Secretario de gastos de escritorio para que no se perjudique ni el Secretario ni el Cuerpo en sus fondos”. Y para que este acuerdo tenga su debido cumplimiento se mandó pasar oficio a la Excelentísima Junta, informándole de los motivos que han obligado al Cabildo a tomar esta providencia.3. Últimamente, se acordó mandar tomar una razón circunstanciada de todas las casas de la ciudad, con expresión de sus respectivas puertas de calle, cuartos, esquinas y cocheras para arreglar el proyecto de alumbrado y serenos que tiene encargado a este Cabildo la Excelentísima Junta de Gobierno: y se encargó esta diligencia a Ugarte y Cáceres, señalándoles veinte y cinco pesos de gratificación para cada uno de los tres cuarteles que faltan que arreglarse, pues el primero, que para en poder del Procurador de Ciudad, lo han hecho de gracia. Con lo cual, siendo más de la una del día, se concluyó el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 26 de enero de 1813. Joaquín de Trucíos.- José Antonio Valdés.- Isidoro de Errázuriz.- Anselmo de la Cruz.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 29 DE ENERO DE 1813.Juzgado de alta policía.Leído el acuerdo anterior y por los señores que a él asistieron se vio el oficio de la Excelentísima Junta en que aprueba el proyecto del Cabildo, comunicado en oficio de 22 del pasado, sobre establecer un juzgado de policía interior que lleve a cuenta exacta de todos los individuos que entran y salen del reino, previniendo a este Cuerpo que proceda a la reorganización del plan que ofrece. En esta virtud, se nos comisionó al Regidor don Isidoro Errázuriz y a mí el secretario para que, conferenciando entre ambos sobre esta materia, propusiésemos al Cabildo el plan citado. Y con esto se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago, a 29 de enero de 1813.- Joaquín de Trucíos.- José Antonio Valdés.- Ignacio Valdés.- Anselmo de la Cruz.- Isidoro de Errázuriz.- Antonio de Hermida.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.
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SESIÓN DE 1° DE FEBRERO DE 1813.Nombramiento de Juez de Aguas.- Arriendo del edificio del basural.- Arancel del pan.- Sobre arancel para Cauquenes y otras termas.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, se trató de nombrar Juez de Aguas, por haber expirado esta comisión en el regidor don José Manuel Astorga, y se acordó lo fuese don Antonio Hermida, aceptando este señor el cargo en el mismo momento, por hallarse presente a su nombramiento.Se vio después el decreto de la Excelentísima Junta de 25 del próximo pasado mes, en que concede a don José Joaquín de Alderete el arrendamiento del edificio de ladrillo del basural, que también han solicitado don Vicente Urbistondo y don José María de los Álamos, cuyo negocio no se ha determinado hasta ahora por el Cabildo, a causa del inconveniente que presenta la circunstancia de hallarse destinado este edificio para guardar los utensilios del presidio, y guarecer del sol a los presidiarios a la hora de hora de la comida; y como se hallase instruido el Excelentísimo Gobierno de estos inconvenientes por varios oficios de este Cuerpo, se creyó que al dictar el supradicho decreto no se tuvo presente lo ocurrido con Álamos y Urbistondo; por lo cual se acordó reunir en un cuerpo las dos solicitudes hasta su resolución, contestando a S. E. lo acordado.Se vio después una representación del Procurador General en que pedía al Cabildo se aumentase el peso del pan, en atención a la baja de las harinas, que se hallaban en el día a doce reales; y hallándose presente a este acuerdo el Juez de Abastos, hizo presente que estaba tratando de poner remedio en este particular; por lo cual se acordó lo siguiente: “Habiendo el Juez de Abastos informado que tenía tomadas sus providencias para ocurrir al remedio de los males que hace presente el Procurador General, se acordó esperar a mediados del presente mes para tomar otra providencia”.Últimamente, se vio el informe del Procurador General en el expediente promovido por este Cabildo sobre arreglar un arancel que proporcione con comodidad los víveres y habitaciones en los baños de Cauquenes, para que la gente pobre, que es la que más necesita de su auxilio, no se vea por necesidad obligada a carecer de ellos. Después de leído el referido informe, hizo presente al Cabildo el Regidor don Nicolás Matorras que en la hacienda del Principal se encuentran cinco clases de aguas excelentes para baños, que saliendo de otros tantos manantiales diferentes, proporcionan todos los grados de temperatura desde muy frío hasta muy caliente; que convendría se examinasen estos baños por los facultativos, por si por fortuna se encontrasen mejores que los de Cauquenes, se habría proporcionado a este pueblo en hallazgo interesantísimo, que mejorando las comodidades que presentan los antiguos, produciría los mejores resultados a la salud de millares de infelices, que perecen diariamente por la imposibilidad en que se hallan de emprender un viaje largo y penoso. Con este motivo se acordó oficiar a la Excelentísima Junta para que se sirva comisionar a los facultativos en medicina los doctores Carvallo y Sancho con el químico don Francisco Brochero para que en compañía del Regidor don Nicolás Matorras se proceda al examen analítico de los mencionados baños, en que seguramente se hace el servicio más grande al pueblo de Chile. Con lo cual se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 1º de febrero de 1813. Joaquín de Trucíos.- José Antonio Valdés.- Antonio de Hermida.- Isidoro de Errázuriz.- Nicolás Matorras.- Anselmo de la Cruz.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 5 DE FEBRERO DE 1813.Construcción de un teatro.- Cuentas del Sota-síndico.- Padrón para alumbrado y serenos y su pago.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, representó el Regidor don José Antonio Valdés que tenía necesidad de ir a su hacienda por unos ocho o quince días y que lo hacía presente al Cabildo para que se nombrase otro Regidor que supliese las ausencias del Alcalde don Jorge Godoy, y se verificó este nombramiento en don Antonio Hermida.Habiéndose visto el decreto de la Excelentísima Junta de treinta del próximo pasado en que manda se otorgue la escritura correspondiente de contrata para la formación del teatro que yo el secretario he propuesto levantar, se acordó que de antemano se señalase el sitio necesario para el edificio.Presentadas las cuentas anuales por el Sota-síndico, se acordó comisionar al Regidor don Ignacio Valdés para que las examinase y diese cuenta de su resultado.Últimamente, presentó el Procurador General los tres estados de los cuarteles de esta ciudad mandados hacer a Cáceres y Ugarte, y se comisionó al mismo Procurador para que propusiese con arreglo al mérito de ellos lo que le pareciese más conveniente sobre el alumbrado y serenos, ordenándole pagase los setenta y cinco pesos señalados por el trabajo de los comisionados en el arreglo de los cuarteles. Con lo cual se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 5 de febrero de 1813. Joaquín de Trucíos.- Isidoro de Errázuriz.- Anselmo de la Cruz.- Antonio de Hermida.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 9 DE FEBRERO DE 1813.Arreglo de de panaderías.- Derecho de pregonería sobre minas.Leído y firmado el acuerdo anterior, leyó el Regidor don Nicolás Matorras dos expedientes sobre arreglo de panaderías, de los cuales impuesto el Cabildo, decretó informasen por escrito el Juez de Abastos y el Procurador General.Pasóse después a leer el oficio del Tribunal de Minería en que se niega al pago del ramo de pregonería y solicita se lleve este negocio al Superior Gobierno para que allí se decida; por lo cual acordó este Cuerpo hacer como solicita el Tribunal de Minería, pidiendo a la Excelentísima Junta ordene el pago de los veinte pesos cuatro reales pertenecientes al remate de una mina de la testamentaría de don Matías Mujica, acompañando copia autorizada de las diligencias que ha practicado este Cuerpo para obviar este último paso. Con lo cual se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 9 de febrero de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- Marcelino Cañas.- Isidoro de Errázuriz.- Anselmo de la Cruz.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 12 DE FEBRERO DE 1813.Cabo de alguaciles.- Arancel del pan en acuerdo.Leído y firmado el acuerdo anterior, se trató de admitir la renuncia que hizo de su empleo el Cabo de alguaciles Juan Alfaro, y en efecto se le admitió, nombrando de interino en esta plaza al Alguacil Valentín Sáez, acordándose que para proceder al nombramiento de Cabo en propiedad, se fijen carteles para que dentro de quince días ocurran a presentarse al Cabildo todos los pretendientes que puedan haber para este destino; y de este modo se logrará tal vez encontrar un sujeto con todas las calidades que requiere un cargo tan delicado en la república.Leyéronse después los informes pedidos en decreto de 9 del presente al Juez de Abastos y Procurador General en el expediente sobre arreglo de panaderías. Se discutió largamente la materia, sosteniéndose, por una parte, la conveniencia de los aranceles en este ramo de abastos, y por otra, la ineficacia de estos medios, contrarios a la libertad y propiedad de los abastecedores y consumidores. Se tuvo presente que sólo la concurrencia numerosa de los primeros puede proporcionar un abasto comodísimo a los segundos, por medio de la competencia que en el estado de absoluta libertad se debía formar entre los panaderos, tirando cada cual a hacerse del mejor despacho por la abundancia y buena calidad de su pan. Por tanto, y siendo esta una materia de tanta consideración y trascendencia a los intereses públicos, se acordó suspender la resolución de este negocio hasta examinarlo con la mayor reflexión y escrupulosidad. Y habiéndose pasado toda la mañana en estos asuntos, se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 12 de febrero de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- Antonio de Hermida.- Marcelino Cañas.- Isidoro de Errázuriz.- Anselmo de la Cruz.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 16 DE FEBRERO DE 1813.Abastos.- Alumbrado, serenos y cabos de alguaciles.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, se leyó una representación del subastador de la plaza de abastos, en que pide se le declaren varios artículos pertenecientes a su contrata sobre cobranza de asientos en los vendedores; y queriendo el Cabildo oír el dictamen del Procurador General, decretó informase sobre el particular.Tratándose después de examinar el proyecto de serenos y alumbrado, se acordó proponer al Gobierno se duplique la contribución, y se imponga también a los bodegoneros, que excluye en su informe el señor Procurador; pero que si pareciese a S. E. excesiva la imposición con respecto a la pobreza del pueblo, sería conveniente meditar en los medios de hacerla menos sensible a los contribuyentes para no mezclar lo útil del proyecto con lo desagradable de las medidas en que se apoya. Se acordó también apuntar al Gobierno que podrían pedirse a todas las casas los faroles que en el día tuviesen para entablar desde luego el alumbrado. Y tratándose de nombrar los cabos de los serenos, se acordó proponer al Gobierno para su caso a don Pedro Nolasco Xarabrán, a don Felipe Cáceres, a don José Gabriel Ugarte, y a don Mateo Campos. Con lo que se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 16 de febrero de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- Antonio de Hermida.- Isidoro de Errázuriz.- Ignacio Valdés.- Anselmo de la Cruz.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 19 DE FEBRERO DE 1813.Sobre aumento de los regidores hasta 24.- Unión de las acequias y venta de sitios.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, se leyó una representación del Procurador General de Ciudad en que pedía al Cabildo hiciese ver al Gobierno la falta que hay de regidores para llenar las atenciones de este Cuerpo, solicitando se complete el número de estos hasta veinte y cuatro: sobre lo cual se acordó pasar un oficio a la Excelentísima Junta sobre este particular.Se vio después el informe de los señores regidores Errázuriz y Hermida sobre el proyecto del agrimensor general don Martín Ruiz de Arbulú en que propone la reunión de las acequias de la Cañada y de la ciudad en la parte más inmediata al cerro de Santa Lucía; y acordando practicar lo que exponen los comisionados en su referido informe, se dispuso que se costease la obra de esta reunión con el valor de la tira de tierra comprendida entre las dos acequias, que se puede vender a los dueños de las fincas colindantes. Con lo cual se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, 19 de febrero de 1813.- Jorge Godoy.- Isidoro de Errázuriz.- Ignacio Valdés.- Anselmo de la Cruz.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 23 DE FEBRERO DE 1813.Suspensión de rejas sobre las acequias.- sobre el arancel de panaderías.- Juez de Aguas.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, se trató de hacer saber a la Excelentísima Junta los grandes inconvenientes que se han notado en el público traen los abusos introducidos en el método con que algunos vecinos han querido dar cumplimiento al bando en que se manda poner rejas en todas las acequias de la ciudad, acordándose nombrar una comisión que solicite de la Excelentísima Junta la suspensión de los efectos del referido bando hasta tanto que se haya ordenado el mejor método en el establecimiento de las rejas para impedir sus malas consecuencias. Y se nombraron para llevar esta comisión a los regidores don Isidoro Errázuriz y el secretario.Suscitándose después la duda a que da mérito la providencia de 16 del corriente en que, nombrando la comisión para el arreglo del arancel de panaderías, dice que se pase después al Cabildo para que lo eleve al Gobierno, si su inteligencia será para que informe este Cuerpo lo que halle por conveniente, o si sólo lo deba dirigir sin examinarlo: se acordó que los comisionados para el asunto anterior consultasen sobre el presente.Habiéndose ausentado de esta capital el Regidor Juez de Aguas don Antonio Hermida, se comisionó en su lugar al Regidor don Isidoro Errázuriz. Con lo cual se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen en la sala capitular de Santiago de Chile, a 23 de febrero de 1813. Jorge Godoy.- Isidoro de Errázuriz.- Anselmo de la Cruz.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.CABILDO DE 26 DE FEBRERO DE 1813.Sobre impuesto de plaza.- Petición de la Alcaidesa de la cárcel.- Consulta del Rector del Colegio de San Carlos.- Sobre suspensión de dichas rejas.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, se leyó el informe del Procurador General sobre la solicitud del subastador de la plaza de abastos, en que pedía la declaratoria de varios puntos concernientes a su contrata; y el Cabildo, impuesto en la justicia de esta parte, decretó lo siguiente: “Conformándose el Cabildo con lo expuesto por el Procurador General sobre la consulta del subastador de la plaza, se declara que deben pagar el impuesto todos los vendedores que ocupen lugar en la plaza, saliendo de ella los quo no quisiesen contribuirlo alegando que no llega a ocho reales su venta; y en todo lo demás, como le parece al referido Procurador General.Leyóse después un escrito de la Alcaidesa de la cárcel de mujeres de esta capital en que pide aumento de sueldo, a lo cual se dio traslado al Procurador General de Ciudad.La comisión nombrada en el acuerdo anterior para que representase al Superior Gobierno los inconvenientes que se experimentaban en el público de resultas del bando en que se ordena la postura de las rejas en todos las acequias de la capital, dio cuenta al Cabildo de que, enterado el Gobierno de los referidos inconvenientes de este establecimiento, había ofrecido poner el remedio conveniente; pero como en seguida el Juez de Aguas interino hubiese hecho presente a este Cuerpo que habiendo ocurrido a la Excelentísima Junta por la providencia ofrecida, se le contestó que era preciso para darla que el Cabildo hiciese por escrito su representación, se acordó pasar oficio sobre el particular, y se verificó en los términos que se verán de la copia que queda con esta fecha en el libro copiador de oficios.
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SESIÓN DE 5 DE MARZO DE 1813.Decreto sobre fijación pública de listas de reos.- Distintivos de agrimensor.- Alquiler de un cuarto para el servicio de una escuela.- Doctrinar y misionar a los presos.- Juez de Aguas.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, se leyó el oficio del Gobierno de 4 del presente en que acompaña el decreto de la misma fecha por el cual se ordena que todas las semanas se fijen las listas de los reos en las puertas de la casa consistorial, con expresión del juzgado a que pertenecen y la fecha de su prisión; acordando este Cuerpo se pusiese este decreto en noticia de los señores alcaldes, Procurador General y de pobres para su debido cumplimiento.Se leyó después de esto un escrito de don Juan José Mujica, dirigido a la Excelentísima Junta, en que pide se le señale un distintivo como agrimensor; y como en el decreto de la Excelentísima Junta con que pasó a este Cuerpo aquella solicitud ordenase que, después de oído el Procurador General, informase el Cabildo lo que hallase de justicia, se entregó al referido Procurador para que extendiese su dictamen.Habiendo el señor Procurador hecho presente al Cabildo que el maestro de la escuela de primeras letras de la posada solicitaba se le permitiese alquilar un cuarto por tres pesos al mes para proporcionar en él un lugar común a los muchachos, que carecían en su escuela de esta comunidad; se acordó concederle lo que solicita, con la calidad de no durar este alquiler sino por el tiempo en que no pueda proporcionarse el referido lugar común dentro del Colegio de San Carlos, a quien pertenece la pieza ocupada por esta escuela; y que se ordene al Sota-síndico el pago de este alquiler, que deberá hacerlo mensualmente.Tratóse después de la necesidad que hay de instruir los presos de la cárcel en la doctrina cristiana y los misterios de nuestra santa religión, advirtiendo que el mayor número de los que entran a esta casa ignoran absolutamente los primeros rudimentos del catecismo; por lo cual, y conociendo el celo religioso del ilustrísimo señor Obispo Gobernador, acordó el Cabildo pasarle oficio, suplicándole se sirva ordenar una misión en esta cárcel, encomendándola a algún eclesiástico que sea aparente para desempeñar este objeto tan interesante.Últimamente, el Regidor don Isidoro Errázuriz, que estaba encargado del Juzgado de Aguas por ausencia del Regidor don Antonio Hermida, hizo presente al Cabildo que no podía desempeñar esta comisión a causa de otras varias en que invertía el tiempo que ésta necesitaba; por lo cual acorde el Cabildo nombrar en su lugar al Regidor don José María Guzmán. Con lo cual se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 5 de marzo de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- José María de Guzmán.- José Antonio Valdés.- Anselmo de la Cruz.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 9 DE MARZO DE 1813.Representación del Síndico del hospicio de pobres.- Juzgado de aguas.- Que se reconozcan dos edificios de la Cañada.- Expediente sobre arreglo de panaderías.Leído y firmado el acuerdo anterior por los señores que a él asistieron, se vio una representación del Síndico del hospicio de pobres en que solicita de este Cuerpo se le concedan a esta casa varios privilegios para aumentar sus fondos, que en el día son muy escasos; a lo cual el Cabildo decretó lo siguiente: “Comisiónase a los señores Regidor don Antonio Hermida y caballero don Joaquín López de Sotomayor para que informen sobre la materia, como pide el administrador del hospicio”.Con motivo de haber vuelto de su estancia el Regidor don Antonio Hermida, se trató en el Cabildo sobre si había de continuar en el Juzgado de Aguas, o si debía regir el nombramiento que se hizo en el acuerdo anterior en el Regidor don José María Guzmán, y se acordó continuase el primero hasta concluir los dos meses de esta comisión.Vióse después una representación del Procurador General en que pide se comisione al Director de obras públicas para que reconozca los edificios que han levantado en la Cañada don N. Molina y don Mateo Arnaldo Hoevel para ver si se han salido de los términos de sus sitios; como también para que reconozca y remedie el daño de una acequia que se halla zanjeada en la calle de San Lázaro: a lo que se acordó decretar como pide el Procurador General.Últimamente, se vio en el Cabildo el expediente sobre arreglo de panaderías, con los informes de la comisión nombrada por el Superior Gobierno: en vista de lo cual, y después de haber salido de la sala del Ayuntamiento los individuos de la comisión, se acordó lo siguiente: que se informe a la Excelentísima Junta sobre que continúe el antiguo arancel y se obligue a los panaderos a vender el pan en puestos públicos, haciendo que cada cual selle sus panes con un sello propio a cada panadería. Con lo cual se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 9 de marzo de 1813. José Antonio Valdés.- Anselmo de la Cruz.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 12 DE MARZO DE 1813.Compostura de la torre de la iglesia de la Compañía.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, se leyó un escrito del mayordomo de la iglesia de la Compañía, don José Ignacio Arangua, en que solicita se le asignen cien pesos anuales del ramo de balanza para componer la torre de la iglesia, sobre cuya solicitud pide informe la Excelentísima Junta a este Cabildo en su decreto marginal de ocho del corriente, y este Cuerpo dio vista al Procurador General de ciudad. Con lo cual se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 12 de Marzo de 1813.- Joaquín de Trucíos.- José María de Guzmán.- José Antonio Valdés.- Anselmo de la Cruz.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 20 DE MARZO DE 1813.Sobre arancel de los panaderos.- Sueldo del relojero de palacio.- Libramiento al Sota-síndico.- Escrito del Alcaide de la cárcel.- Sobre establecimiento de serenos.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, se leyó una representación del Procurador General sobre que se tomase una providencia para impedir que los panaderos se gobernasen a su arbitrio en el número de panes y peso que dan por medio real; a lo cual se acordó oficiar al Juez de Abastos para que hiciese cumplir con lo que ordena el arancel antiguo, mientras el Gobierno no provea de otra regla en los abastos.Se leyó una petición de don José Velasco, relojero encargado de arreglar el reloj de la torre de palacio, en que solicita se le señalen cien pesos anuales para componer aquella máquina, que dice hallarse en muy mal estado; y en virtud de decreto de la Excelentísima Junta en que pide informe a este Cuerpo, se verificó, exponiendo que se le podía dar aquella cantidad por el primer año, en que tendría que hacer la compostura, dejándole en los siguientes los cincuenta pesos que siempre ha tenido por darle cuerda solamente y hacerle una que otra reparación de poco momento.Se firmó un libramiento al cargo del Sota-síndico y a favor del portero don Manuel Quevedo, para que comprase carbón, arenilla, papel, tinta y plumas para el juzgado de los señores alcaldes, según se ha acostumbrado siempre.Se vio un escrito del Alcaide de esta cárcel en que se quejaba del Alguacil Mayor, alegando no le pagaba su sueldo puntualmente, por lo cual pedía al Cabildo le hiciese justicia, y para proveer lo conveniente se pidió informe al referido Alguacil Mayor.Últimamente, se vio la providencia de la Excelentísima Junta en el expediente sobre establecimiento de serenos, en que pide allane este Cuerpo las dificultades propuestas por el Ministerio Fiscal, sobre lo cual se pidió informe al Procurador General de ciudad. Con lo cual se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 20 de marzo de 1813. Joaquín de Trucíos.- José María de Guzmán.- José Antonio Valdés.- Anselmo de la Cruz.- Antonio José de Irisarri, Regidor secretario.SESIÓN DE 23 DE MARZO DE 1813.Sobre petición de indulto a los reos don José María y don Juan Nicolás de Carrera.Leída y firmada la [sic] acta anterior por los señores que asistieron a aquel acuerdo, se pasaron a leer dos presentaciones dirigidas a este Cuerpo, la una de la familia del Marqués de Monte Pío, en que pedía que elevase este Cuerpo sus suplicas al Gobierno para que se perdonasen las vidas a don José María y don Juan Nicolás Carrera por el asesinato de que se les acusaba y por que estaban procesados; y la otra de las familias de los desterrados por cierta conspiración, de que fueron igualmente causados. Se pidió dictamen al Asesor de este Cuerpo, y conforme a él, se acordó remitir ambas representaciones con el oficio de esta fecha. Con lo cual se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 23 de marzo de 1813. Joaquín de Trucíos.- José María de Guzmán. - Isidoro de Errázuriz.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.SESIÓN DE 26 DE MARZO DE 1813.Queja del subastador de la dehesa.- Sobre arriendo de la dehesa.- Sobre serenos.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, se vio un escrito de don Rafael Díaz de Alderete, subastador de la dehesa en que se queja de no haberle cumplido don Antonio Hermida el convenio celebrado ante este Cuerpo en 1º de febrero próximo pasado; y como constase ser cierto lo que expone Díaz en su referido escrito, se decretó lo siguiente: “Agregándose por el Secretario copia del convenio celebrado entre el Regidor don Antonio Hermida y el subastador don Rafael Díaz de Alderete, y siendo cierto que el primero no ha cumplido con lo estipulado en aquel documento, lo verificará dentro de tercero día, con apercibimiento de que será lanzado a su costa”.Se vio después una representación de don Joaquín de Echavarría, en que, acompañando un documento del Regidor don Antonio Hermida, pretende se le obligue al subastador de la dehesa a franquear ciertos potreros de alfalfa para los caballos de la Guardia Nacional; y como pidiese la Excelentísima Junta que informase este Cuerpo sobre la realidad de los hechos que anuncia en su carta el Regidor don Antonio Hermida, se decretó lo siguiente: “Traslado al subastador, y fecho, informe el Procurador General”.Últimamente, se vio el informe del Procurador en el expediente sobre el establecimiento de serenos y alumbrado, el cual se ratificó por el Cabildo y se dirigió a la Excelentísima Junta. Con lo cual se disolvió el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 26 de marzo de 1813. Joaquín de Trucíos.- José María de Guzmán.- Nicolás de Matorras.- Isidoro de Errázuriz.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.SESIÓN DE 30 DE MARZO DE 1813.Derecho de pregonería.- Sobre pago de 500 pesos al Colegio Carolino.- Don Ignacio Valdés, Juez de Aguas.- Petición de media toma de agua.- Oficio del Gobierno sobre ciertos reos.- Remoción del Alcaide.- Solicitud de un sitio en el cerro Santa Lucía.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, se vio la representación de donFelipe Cáceres, encargado de recaudar el derecho de pregonería, en que pide a este Cuerpo se suspenda a don José María Bravo la salida de esta ciudad, hasta tanto no verifique el pago de los derechos que adeuda por el remate de la escribanía de Talca, y se acordó se elevase al Superior Gobierno para que expidiese la providencia que se solicita.2. Vióse después el decreto del Superior Gobierno en que pide informe a este Cuerpo sobre las dudas que proponen los Ministros de Real Hacienda en el expediente para el pago de los quinientos pesos que se suponen cedidos por el Cabildo al Colegio Carolino para la enseñanza de los alumnos; y para evacuarlo, acordó el Ayuntamiento dar traslado al Procurador General.3. En seguida representó el señor Regidor don Nicolás Matorras tener concluido con exceso de tiempo su judicatura de abastos, y con esta consideración acordó el Cabildo nombrar al señor Regidor don Ignacio Valdés.4. Leyóse igualmente la solicitud de don José Joaquín Díaz sobre que el Superior Gobierno le hiciese merced de media toma de agua; y se resolvió oír al Procurador General.5. Al mismo tiempo se leyó un oficio del Gobierno de contestación sobre los reos del asesinato de Cardemi, y los destinados a la isla de Juan Fernández, y se mandó archivar.6. Tratóse también sobre la remoción del Alcaide don Nicolás Arizaga, y acordó este Cuerpo nombrar interinamente al Teniente Alguacil de corte don José Antonio Casanova.7º. Últimamente, se vio la petición de Juan Francisco Álvarez, solicitando se le diesen cuarenta varas de sitio en el cerro de Santa Lucía para levantar un edificio, y se determinó comunicar traslado al Procurador General. Con lo cual se cerró el acuerdo, firmándolo los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 30 de marzo de 1813. Joaquín de Trucíos.- José María de Guzmán.- Isidoro de Errázuriz.- Nicolás Matorras.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.
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Sucesivamente, se leyó una representación de doña Dolores Iparraguirre sobre la confinación del escribano don Manuel Solís, su marido, pretendiendo que el Ilustre Cabildo le elevase sus ruegos a la Excelentísima Junta para que, atendiendo a la orfandad en que se veía por la falta de su marido, le interpusiese la mayor súplica para que se le diese por concluido su destierro, en atención al corto tiempo que le faltaba y a que en las circunstancias en que se veía afligida la patria podría concurrir a su defensa como patriota decidido, supliendo al mismo tiempo en su destino la falta de manos auxiliares en los muchos negocios que ocurren; y el Cabildo acordó se elevase su solicitud a la Excelentísima Junta, como pretendía. Con lo que se concluyó este acuerdo y lo firmaron los señores en su sala capitular, a 23 de abril de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- Miguel de Ovalle.- José María de Rozas.- Antonio José de Irisarri.- Isidoro de Errázuriz.- Anselmo de la Cruz.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 4 DE ABRIL DE 1813.Recomendación especial al benemérito señor don Carlos Spano, español.Leído el anterior acuerdo y firmado por los señores que lo compusieron, sucesivamente trataron y acordaron se representase a la Excelentísima Junta que cuando el Cabildo había pedido no se destinase a ningún europeo español al mando de tropas u otras comisiones en la presente guerra contra los piratas e invasores de Concepción, no había sido dirigida contra ningún sujeto particular, y especialmente contra el Sargento Mayor de Granaderos don Carlos Spano, de quien no se tenía el menor motivo de sospecha, ni antecedente que hiciese injuria a la decisión de nuestro sistema; y que respecto a que la Excelentísima Junta le había en las críticas circunstancias del día, separado y privado de su empleo por justas consideraciones, le recomendase su mérito para que se le diese otro destino honroso en la misma capital, como se ejecutó por el oficio de esta fecha. Con lo que se concluyó en este día la sesión, firmándola los señores del margen, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 4 de abril de 1813. Joaquín de Trucíos.- José María de Guzmán.- Nicolás Matorras.- Feliciano José Letelier.- Pedro Nolasco Valdés.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.SESIÓN DE 5 DE ABRIL DE 1813.Se aumenta el número de regidores con 12 más.- Economías para la guerra y bloqueo.- Otras medidas con igual fin.- medidas contra los sarracenos o españoles.- Proclama contra los piratas.Leído el acuerdo anterior y firmado por los señores que a él asistieron, consideró el Ayuntamiento ser importantísimo representar a la Excelentísima Junta la falta que había de regidores para tratar y acordar los graves y continuos asuntos que ocurrían en los peligros y delicadas circunstancias en que se veía amenazada la patria y el reino entero por los enemigos de nuestra causa, motivada de las enfermedades de unos y ausencias de otros; y uniformemente resolvió este Cuerpo se le pasase una lista de los vecinos y ciudadanos que se reputaban aptos y meritorios por su decidido patriotismo, luces e instrucción para obtener tan honroso y distinguido empleo, lo que se verificó por el oficio de esta fecha, confirmando la Excelentísima Junta la propuesta en los señores don Joaquín Gandarillas, don José Manuel Encalada, don Martín Encalada, don Agustín Eyzaguirre, don José María Rosas, don Miguel Ovalle, don José Antonio Rojas, don Juan Francisco Barra, don Francisco Cisternas, don Manuel Ortúzar, doctor don Timoteo de Bustamante y don Joaquín Tocornal, quienes se recibieron en esta sala capitular, precediendo el juramento y demás formalidades acostumbradas; y resultando que estos individuos se resistieron a suscribir los acuerdos que se trataban por no corresponderles en calidad de acompañantes, acordó el Ilustre Ayuntamiento consultar y pedir a la Excelentísima Junta declaratoria de esta duda, la que se dignó hacer, declarándoles regidores propietarios, con voz y voto en el Ayuntamiento, en los términos siguientes:“Santiago y abril ocho de mil ochocientos trece. Notándose que en la lista de empréstito que ha pasado el Ilustre Cabildo falta la suscripción de la mayor parte de los capitulares, y habiéndose informado por la Diputación de aquel Cuerpo que los doce regidores se excusaban a firmar los acuerdos al pretexto de no ser numerarios, por lo que se notaba aquel defecto: devuélvase para que se suscriba por cuantos compusieron dicho acuerdo, y con advertencia que todos, así los regidores antes nombrados, como los que se han acompañado últimamente, son, en virtud de lo acordado con el Senado, propietarios y con la misma voz, voto, excepciones y regalías que están declaradas a aquellos; y de este auto se tomará razón en los libros del Ayuntamiento para su constancia. Carrera.- Pérez.- Infante.En cuya virtud, en Cabildo pleno se les hizo saber y continuaron ejerciendo sus deberes.Concluido este acto, acordó ser conveniente representar al Gobierno la utilidad que resultaba en que accediese a las tres proposiciones que proponía por el oficio de esta fecha, que fueron: la primera, que durante la guerra con Concepción se suspenda toda obra pública costeada por los fondos del erario público; segunda, que se moderen hasta la más estrecha economía las asignaciones de los jubilados y retirados, etc.; y la tercera, proponer al Gobernador de Valparaíso si convendría armar dos buques en guerra con el objeto de bloquear a Talcahuano para embarazar a nuestros enemigos los auxilios y refuerzos que les puedan mandar de Chiloé y Lima.También acordó ser muy útil y conveniente pedir al Gobierno hiciese venir de Aconcagua al herrero José Díaz, por su pericia en su oficio, para destinarlo en la obra de armas blancas, compostura de fusiles, y aún en la fábrica de éstos, por la inteligencia de que ha dado pruebas en esta materia; y que asimismo convendría se mandasen recoger los fusiles que tienen varios vecinos de Quillota y Aconcagua comprados a los apresadores de la Escorpión: lo que se ejecutó por el oficio de esta fecha.Meditó al mismo tiempo ser importantísimo poner en consideración de la Excelentísima Junta la noticia que le comunicaba de Mendoza a don José María García, con fecha 29 de marzo, don Melchor Molina, previniéndole no hubiese descuido con los sarracenos, porque corría que de aquella ciudad se pasaban a esta capital con el fin de sublevarse; lo que se acordó, y en el día de esta fecha elevó al Excelentísimo Gobierno el correspondiente oficio, con inserción del capítulo de dicha carta, pidiendo se mandase a los guardas de cordillera impidiesen el pasaje a este reino a todo español europeo, y que asimismo se mandase que en la ciudad no saliesen de sus casas, de las oraciones adelante, para asegurar el buen orden y tranquilidad pública.Sucesivamente, se leyó una proclama que se dirigía a entusiasmar con la mayor energía a los patriotas e invitarlos a la defensa de la patria, con motivo de la invasión que habían hecho los piratas y enemigos de nuestra causa en Concepción, y acordó el Ilustre Ayuntamiento se elevase a la consideración del Excelentísimo Gobierno para que se mandase imprimir y se diese al público. Con lo que se cerró la sesión, firmándola los señores que asistieron, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 5 de abril de 1813. José María de Guzmán.- Joaquín de Trucíos.- Isidoro de Errázuriz.- Anselmo de la Cruz.- José María de Rozas.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.SESIÓN DE 6 DE ABRIL DE 1813.Remoción de jefes sospechosos.Congregado al siguiente día el Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular, como lo están ejecutando de día y de noche, por orden de la Excelentísima Junta, por las circunstancias tan críticas y peligrosas en que se halla amenazada la patria y el reino por los enemigos invasores de Valdivia y Chiloé, con el fin de tratar y arbitrar todos los medios de seguridad y mantener al pueblo en quietud y tranquilidad, discutió cuánto convenía que el Regimiento de Quillota se pusiese sobre las armas para defender aquellas costas, y que se retirase de su mando al Coronel don José Tomás Azúa y al Sargento Mayor don Ignacio González, por ser contrarios a nuestro sistema. Que lo mismo se ejecutase con el de infantería don Julián Castro, por la misma causa; y, finalmente, al Teniente Coronel don Nicolás Rodríguez, por reservadas consideraciones: y acordaron los señores se representase medida tan interesante a la Excelentísima Junta, como se hizo en virtud del oficio de esta fecha; y no habiendo ocurrido otra cosa, se concluyó el acuerdo, firmándolo, en su sala capitular, a 6 de abril de 1813. José María de Guzmán.- Joaquín de Trucíos.- Isidoro de Errázuriz.- Anselmo de la Cruz.- José María de Rozas.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.SESIÓN DE 7 DE ABRIL DE 1813.Remoción de otro jefe realista.- Sesiones diarias.- Dirección de la maestranza y levantamiento de empréstito.Continuando el Ilustre Cabildo su asistencia y sesiones, congregado en su sala capitular, se leyó por primer acto el acuerdo anterior, que firmaron los señores que a él asistieron, y en seguida se trató lo interesante que rea remover del mando de su tropa de caballería del regimiento de San Fernando al Coronel don Rafael Muñoz, por ser un sujeto receloso y contrario al sistema de la patria, y estar odiado, y con él mal avenidos los oficiales y soldados de su Cuerpo. Así lo acordaron los señores y se representó al Excelentísimo Gobierno por el correspondiente oficio.También acordaron se pasase oficio circular a los señores nombrados que debían acompañar al Cabildo y Tribunales para sus diarias sesiones para que asistiesen a ellas por mañana y tarde con motivo de los acontecimientos que afligen la patria, y se ejecutó en la misma fecha.Y, por último, resolvió se propusiese a la Excelentísima Junta a don Francisco Vicuña y Larraín para que se hiciese cargo de la casa-fábrica de fusiles, por haberla tenido ya en otro tiempo y haber adquirido conocimiento y acreditado su buen desempeño y economía en esta comisión; y que al mismo tiempo la tuviese para colectar un donativo patriótico para este objeto. Con lo que se cerró la sesión, y firmaron el acuerdo los señores que asistieron, en su sala capitular, a 7 de abril de 1813. Joaquín de Trucíos.- Isidoro de Errázuriz.- Ignacio Valdés.- José María de Guzmán.- Timoteo de Bustamante.- Antonio José de Irisarri.SESIÓN DE 10 DE ABRIL DE 1813.Separación de otros oficiales sospechosos.- Remoción de dos regidores marqueses.- Jueces inspectores de policía.- Exclusión del servicio militar.- Felicitación al Cuerpo de pardos y al de voluntarios.- Citación al regidor patriota don Diego Larraín.Leído el anterior acuerdo a los señores del Ilustre Cabildo y Tribunales que en este día asistieron y lo firmaron, se abrió la sesión, tratando y haciendo ver cuánto convenía para la seguridad de la patria y el reino precaverse de todas las personas que cubierta y descubiertamente son contrarias a nuestra causa, y principalmente de los oficiales que habían caminado en nuestro ejercito veterano para Concepción con el fin de perseguir y desalojar a los enemigos invasores, porque, de lo contrario, sería dar lugar a las intrigas que se experimentan y a que la acción de nuestro ejército se expusiese a un resultado funesto y desgraciado, y que, siendo comprendidos en este recelo con todo fundamento los hijos de don Pedro José Benavente, autor de la presente revolución y aflicción de la patria, resolvió y acordó el Ilustre Cabildo se representase a la Excelentísima Junta para que lo pusiese en consideración del señor General del ejército, para que, si tuviese por conveniente, los separase de su Cuerpo y los remitiese a la capital, como igualmente a don Raimundo Sesé, por la desconfianza que le asiste al pueblo; y en el día se elevó a la Excelentísima Junta el oficio de este importante asunto.Sucesivamente, trató y acordó se pasasen al Excelentísimo Gobierno las cuatro hitas de Ios cuarteles de la ciudad y de los sujetos que proponía para el nombramiento de jueces inspectores de policía, según lo reencargaba la Excelentísima Junta, y así se verificó.Después se leyeron las renuncias que hacían los señores Marqués de Villa Palma y don Martín Calvo Encalada de los empleos de regidores, y se determinó se elevasen a la Excelentísima Junta con oficio.Vióse igualmente una representación que hizo el subastador de la Dehesa y ramo de nievería, solicitando no se les pensionase a sus sirvientes en el servicio militar, para poder cumplir con las calidades de su remate; y se proveyó pasase a la Excelentísima Junta con el correspondiente oficio que con ella se dirigió.Luego se trató sobre lo favorable que era, en las circunstancias que iban a salir el Cuerpo de pardos y el de voluntarios de la patria a la reunión y refuerzo del ejército del sur, entusiasmarlos y alarmarlos por medio de un oficio que el Ilustre Cabildo les pasase a sus comandantes, dándoles las gracias a nombre del pueblo por el patriotismo que manifestaban y el valor tan entusiasmado con que gritaban la defensa de su patria, cuya acción celebrarían como honor que recibían; y así lo acordó el Ayuntamiento, pasándoles respectivamente los referidos oficios.Y, por último acto de esta sesión, acordaron que, notándose la falta de asistencia del Regidor don Diego Larraín a las convocaciones ordinarias y extraordinarias del Cabildo en unas circunstancias en que por el Excelentísimo Gobierno se exigía diariamente la congregación del Ayuntamiento para arbitrar y propender, como padres de la patria, a los mejores medios del buen orden, tranquilidad y pública seguridad, se le pasase oficio de citación y requerimiento para que asistiese como un patriota decidido por nuestra causa; y así se verificó, cerrándose el acuerdo de este día, firmándolo los señores que a él asistieron, en su sala capitular, a 10 de abril de 1813. Joaquín de Trucíos.- José María Guzmán.- Ignacio Valdés.- Anselmo de la Cruz.- José María de Rozas.- Isidoro de Errázuriz.- Antonio José de Irisarri.- Timoteo de Bustamante, Secretario.SESIÓN DE 12 DE ABRIL DE 1813.Representación de don Miguel Terán para que se le rebajase la cuota del empréstito que se le había asignado.- Que se reciban de sus puestos los inspectores de policía.- petición de don Roque Huicí para el regreso de sus hijos.- Recomendación de dicha petición.- Inspectores de policía.Convocado el Ilustre Cabildo y Tribunales en la sala capitular, como lo están diariamente acostumbrando, se dio principio la sesión haciendo leer una representación de don Miguel Terán, en que solicitaba se le hiciese rebaja de la cantidad del empréstito en que se le había rateado y que para ello intercediese el Ayuntamiento con la Excelentísima Junta para que tuviese efecto su solicitud. El Cabildo, hecho cargo de los fundamentos que exponía, y reputándose sin autoridad para alterar la comisión que ya tenía concluida y dado cuenta al Excelentísimo Gobierno, de que dimanaron providencias ejecutivas en este negocio, y con meditación de otras consideraciones que al mismo tiempo tuvo presente, proveyó lo siguiente: “Pase esta representación a la Excelentísima Junta con el correspondiente oficio”.Continuando la sesión, acordó que, siendo tan importante que a la mayor brevedad se recibiesen de sus empleos los inspectores de policía nombrados y confirmados para que funcionasen sus deberes en el orden y tranquilidad pública, se les citase para que se recibiesen de dichos empleos y prestasen el juramento de fidelidad, para comunicarles las instrucciones que al Ilustre Cabildo había dado la Excelentísima Junta: lo que así se hizo por un oficio circular.En seguida se leyó una representación del ciudadano don Roque Huicí en que pedía al Ilustre Cabildo interpusiese su dignación con la Excelentísima Junta para que, atendiendo a los conflictos en que se veía la patria, alcanzase se diese por terminada la emigración y destino de sus dos errantes hijos, para que, como patriotas decididos, viniesen a defender el suelo de su nacimiento y dar inequivocables pruebas con su auxilio de la adhesión a nuestra junta causa; y el Ayuntamiento, considerando justa su solicitud, acordó se elevase a la Excelentísima Junta con el correspondiente oficio, y así se verificó.Continuándose la sesión sobre este mismo asunto, meditaron los señores que para que fuesen asequibles los ruegos que interponía un ciudadano tan benemérito como don Roque Huicí, por los repetidos servicios que tenía hechos a la patria y los que en el día hacía a favor de su defensa y seguridad, sería muy del caso hacer la misma interposición con el señor Brigadier y comandante General de armas don Juan José Carrera. Y hecho cargo el Cabildo del medio oportuno que se tomaba para esta consecución, acordó que al mismo tiempo se le dirigiese un oficio de igual súplica, y así se verificó.Y, por último, acordaron que por el impedimento de los inspectores de policía nombrados, que lo eran don Juan de Dios Vial del Río, don Juan Francisco León de la Barra, don Antonio Hermida, don Ramón Valero y don Tadeo Riquelme, lo fuesen, en lugar del primero, don Rafael Díaz de Alderete; por el segundo, don Manuel Rengifo; por el tercero, don Juan Laviña; por el cuarto, don José Jiménez de Guzmán, y por el quinto, don José Antonio cañas, poniéndolo en consideración de la Excelentísima Junta para su aprobación. Con lo que se cerró el acuerdo, firmándolo los señores que asistieron, en su sala capitular, a 13 de abril de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- José María de Rozas.- Isidoro de Errázuriz.- Miguel de Ovalle.- Anselmo de la Cruz.- Timoteo de Bustamante, Secretario.SESIÓN DE 14 DE ABRIL DE 1813.Sobre policía de seguridad y organización de milicia cívica.Junto el Cabildo y Tribunales en la sala capitular, se dio principio a las sesiones haciendo leer el anterior acuerdo, que firmaron los señores que lo compusieron, y en seguida se abrió un pliego de la Excelentísima Junta que contenía un oficio en que reencargaba al Ilustre Cuerpo se redoblasen las rondas todas las noches para evitar todo desorden en el pueblo; y el Cabildo en su contestación le representó que los ministros con quienes los señores alcaldes trataban de este celo y cuidado, eran en el día insuficientes para atender lo vasto de la población, y que, por lo tanto, Su Excelencia tomase la providencia que del batallón de voluntarios se proporcionase una ronda desde las ocho de la noche hasta la una de la mañana, y otra hasta las seis; y que a la mayor brevedad se organizasen los cuerpos cívicos para repartirse en esta fatiga; siendo al mismo tiempo importante en las circunstancias se nombrasen dos alcaldes, de la Cañada hasta el Conventillo, y otros dos en la Chimba, que dependiendo del Juez Mayor de Policía, cuiden de estos vastos recintos y llenen todo el objeto de la seguridad pública. Con lo que y no habiendo ocurrido otra cosa que tratar y acordar, se concluyó la sesión, firmando los señores este acuerdo en su sala capitular, a 14 de abril de 1813. Joaquín de Trucíos.- José María de Rozas.- Isidoro de Errázuriz.- Miguel de Ovalle.- Anselmo de la Cruz.- Timoteo de Bustamante, Secretario.SESIÓN DE 15 DE ABRIL DE 1813.Sobre matrícula del vecindario.Leído el anterior acuerdo y firmado por los señores y tribunales que a él asistieron, se abrió la sesión leyéndose un oficio de la Excelentísima Junta en que reconvenía al Ayuntamiento por la demora que notaba en no habérsele presentado las matrículas de los habitantes de cada manzana que debían estar tomadas por los inspectores de barrio; y el Cabildo en su contestación acordó se informase al Gobierno los justos motivos que habían impedido esta operación, siendo el no haber tenido el Cabildo antecedente de la confirmación de los inspectores nombrados en lugar de los implicados; la falta de recepción de todos los de los de este número en el día de su citación, la del señor Juez Mayor de Policía y prefectos; y por dudar el Cabildo si este acto se celebraría en el Ayuntamiento o en la sala de Gobierno, lo que en el mismo día se puso oficialmente en consideración de la Junta; y no habiendo ocurrido otra cosa que tratar, se cerró el acuerdo, firmándolo los señores que a él asistieron, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 15 de abril de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- José María de Rozas.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- Isidoro de Errázuriz.- Timoteo de Bustamante, Secretario.SESIÓN DE 16 DE ABRIL DE 1813.Sobre recepción de los cuatro prefectos de policía.Estando el Ilustre Cabildo y Tribunales congregados en la sala de acuerdos y leída la [sic] acta que antecede, la firmaron, y visto un oficio de la Excelentísima Junta en que declaraba que la recepción de los cuatro prefectos de policía debía ser en la sala del Ayuntamiento, acordaron los señores que en el mismo día se les citase a los que eran nombrados, para que al siguiente prestasen el juramento de estilo, haciéndose por un oficio circular a todos; cerrándose el acuerdo por no haber ocurrido asunto que discutir, el que firmaron los señores que a él asistieron en su sala capitular, a 16 de abril de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- Anselmo de la Cruz.- José María de Rozas.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- Isidoro de Errázuriz.- Timoteo de Bustamante, Secretario.SESIÓN DE 22 DE ABRIL DE 1813.La matrícula.Congregado en este día el Ilustre Cabildo y Tribunales en la sala capitular, hicieron los señores leer la [sic] acta anterior y la firmaron, y al mismo tiempo determinaron que exigiendo la Excelentísima Junta con sumo interés se le diese cuenta y pasasen a la mayor brevedad las matrículas o estados que fuesen formando los inspectores de barrio, se le elevase con el correspondiente oficio el que el inspector don Mariano Lafebre había presentado respectivo a sus cuatro manzanas, lo que se ejecutó cumpliendo las órdenes del Gobierno y para que tengan efecto las importantes miras de llenar los objetos del buen orden, tranquilidad y pública seguridad. Con lo que se concluyó el acuerdo y lo firmaron los señores en su sala capitular, a 22 de abril de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- Miguel de Ovalle.- José María de Rozas.- Isidoro de Errázuriz.- Anselmo de la Cruz.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 23 DE ABRIL DE 1813.Citación de regidores.- Sobre alzar el destierro al escribano don Manuel Solís.Convocado el Ilustre Ayuntamiento y Tribunales en su sala capitular para continuar sus diarias sesiones, se leyó la [sic] acta antecedente y la firmaron, y en seguida determinaron se transcribiese el decreto declaratorio del nombramiento de regidores propietarios que había expedido la Excelentísima Junta, y se les hiciese saber por el correspondiente oficio a los señores don José Antonio Rojas, don Francisco Cisternas y don Joaquín Gandarillas, con respecto a la falta de asistencia que se les notaba, y para que pudiesen concurrir y suscribir los acuerdos que se tratasen, inteligenciados de la declaración del Gobierno en circunstancias que reencargaba y exigía la congregación de este Cuerpo; y así lo hizo ejecutar.
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SESIÓN DE 4 DE MAYO DE 1813.Propuestas para el empleo de inspectores de policía.Estando el Ilustre Cabildo y Tribunales en la sala de acuerdos, acordaron se pasasen a la Excelentísima Junta las propuestas de los sujetos en quienes podía recaer el empleo de inspectores de policía en los suburbios de la ciudad, considerando la urgencia del establecimiento de tan importante asunto: lo que se verificó acompañándolas con oficio. Y no habiendo qué tratar, se cerró esta acta, firmándola los señores, en su sala capitular, a 4 de mayo de 1813. Joaquín de Trucíos.- José María de Rozas.- Isidoro de Errázuriz.- Miguel de Ovalle.- Ignacio Valdés.- Anselmo de la Cruz.- Antonio José de Irisarri.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 5 DE MAYO DE 1813.Delación de una revolución.Habiendo en la mañana de este día juntádose en su sala capitular extraordinariamente el Muy Ilustre Cabildo y Tribunales con el objeto de evacuar los muchos y graves asuntos que ocurren en las presentes circunstancias y de arbitrar los medios más oportunos para asegurar la tranquilidad del pueblo en un tiempo en que por todas partes se considera en peligro la patria, y aún todo el reino, no sólo por los piratas invasores a la ciudad de Concepción, sino también por los enemigos interiores de nuestra causa, después de haberse leído y firmado la [sic] acta anterior, se presentó a este Ilustre Cuerpo don José Matías Díaz de Alderete y le denunció que, entre las diez y once de la noche del día, anterior, yendo por la calle de la Compañía y hacía el frente de la Aduana caminaban dos hombres, que por el eco de su voz presumió eran europeos españoles, y oyó clara y distintamente y sin la menor equivocación que el uno le dijo al otro las siguientes palabras: “Que con las armas que tenían podrían asaltar los cuarteles y hacerse fuertes, que ya veía que el pueblo se hallaba sin fuerzas y sin armas, y que lo que convenía era tratar de unirse”. Que el delator, sorprendido al oír esta trama que podía combinarse y realizarse, aprovechándose de la presente revolución los enemigos interiores de nuestro sistema, no advirtió el seguirlos y descubrirles su paradero, sino sólo en ver si de casualidad se presentaba alguna ronda cívica que los aprehendiese. El Ilustre Cuerpo y Tribunales, confirmando con estos datos más y más el inminente peligro y riesgo en que se veía la patria, acordó que inmediatamente fuese una diputación al Excelentísimo Gobierno, siendo nombrados los señores regidores don Isidoro Errázuriz y el doctor don Timoteo de Bustamante, que pusiesen en consideración de Su Excelencia y de boca del mismo denunciante este acontecimiento para que sin pérdida de tiempo diese las providencias que exigía el caso: quienes lo verificaron representando al Excelentísimo Gobierno el riesgo que amenazaba al pueblo, y de cuya comisión dieron cuenta al Ayuntamiento, que Su Excelencia quedaba encargado de tomar las más activas providencias sobre seguridad pública. Con lo que se cerró el acuerdo, firmándolo los señores que a él asistieron, en su sala capitular, a 5 de mayo de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- Isidoro de Errázuriz.- Pedro Nolasco Valdés.- Doctor José Ureta.- Marcelino Cañas.- José María de Rozas.- José Antonio de Rojas.- Anselmo de la Cruz.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 10 DE MAYO DE 1813.Gastos de policía.Estando los señores del Muy Ilustre Cabildo en su sala capitular en acuerdo ordinario, se vio una representación del Procurador don José Gregorio Calderón por el subastador de la plaza de abastos don José Matías Díaz de Alderete, en que pretende que los costos y gastos que se impendiesen en la refacción y compostura de los dos puentes inmediatos al convento del Carmen de San Rafael, que se le había comisionado por providencia de cinco del que rige, debía serle abonable y de descargo en sus cuentas; y que no pudiendo poner en ejecución esta obra, ni atenderla por su edad y enfermedad, se nombrase a otra persona que lo verificase; y en esta virtud acordaron los señores se decretase lo siguiente: “Declárase que el costo que se impenda en la refacción de los puentes de la Cañadilla, le será abonable al subastador en sus cuentas, documentada la partida con recibo de don Roque Jacinto Huicí, a quien se comisionan dichas refacciones”. Con lo que se concluyó el acuerdo, firmándolo los señores en su sala capitular, a 10 de mayo de 1813.- Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- Doctor José Ureta.- Pedro Nolasco Valdés.- Marcelino Cañas.- José Antonio de Rojas.- José María de Rozas.- Anselmo de la Cruz.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 21 DE MAYO DE 1813.Citación a los inspectores de policía nombrados.- Cobranza de don José Miguel Munita, preceptor de latinidad.- Auxilio a los ministros de la Corte de Apelaciones.- Expediente del subastador de la dehesa.En la ciudad de Santiago de Chile, a veinte y uno de mayo de mil ochocientos trece, estando los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento juntos en su sala capitular, como lo tienen de costumbre, y considerando que estando ya propuestos y confirmados por la Excelentísima Junta los sujetos que debían obtener los empleos de inspectores de policía de los suburbios, debía citárseles para su recepción, acordaron se les circulase carta oficio de convite para que en el siguiente Cabildo concurriesen a tomar posesión de dichos empleos; lo que se ejecutó en el mismo día.En seguida se leyó una representación del preceptor de latinidad don José Miguel Munita, en que el Excelentísimo Gobierno pedía informe al Ayuntamiento sobre la pretensión que hacía de que se le mandasen pagar los sueldos que hasta entonces se les debían, con respecto a que el Cabildo de los propios de ciudad tenía asignada al Colegio Carolino la cantidad de que debía hacerse esta erogación; y acordaron que para evacuar el informe pedido se oyese primero al Procurador General.En continuación de sus resoluciones, se vio un oficio del Excelentísimo Gobierno en que transcribía la providencia que había decretado sobre la representación del Tribunal de Apelaciones para que se les auxiliase a cada uno con un alguacil para custodiar sus personas y para el mejor desempeño en la administración de justicia, que es del tenor siguiente: “El Ilustre Cabildo pasará un ministro para que sirva al juez que en el Tribunal de Apelaciones lo sea de provincia”. Y el Ayuntamiento en su cumplimiento acordó así se ejecutase y se archivase dicho oficio.Y, últimamente, se vio una representación del subastador de la dehesa en el expediente que agita contra el Regidor don Antonio Hermida sobre la falta de cumplimiento a la contrata del arrendamiento, a la que proveyó lo siguiente: “No habiendo cumplido el Regidor don Antonio Hermida con el decreto de 26 de marzo, hágasele saber lo verifique dentro de tercero día, con apercibimiento de lanzamiento a su costa”. Con lo que, no habiendo habido otra cosa que acordar y tratar, se concluyó el acuerdo, firmándolo en su sala capitular, a 21 de mayo de 1813. Jorge Godoy.- José Antonio de Rojas.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- Isidoro de Errázuriz.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 25 DE MAYO DE 1813.Recepción de los prefectos e inspectores de policía.- Sobre rebaja de contribución pedida por don Lucas Arriarán.- Merced de aguas.- Sobre cobranza de sueldos de don J. M. Munita.En la ciudad de Santiago de Chile, a veinte y cinco de mayo de mil ochocientos trece, estando los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento juntos en su sala capitular, y los prefectos e inspectores de policía de los suburbios, se procedió a su recepción, recibiéndoseles por el escribano del Cuerpo el juramento de estilo con todas las formalidades acostumbradas, a excepción de don Pedro Vera, don Pedro Palacios, don Manuel Martínez, don Antonio Baraínca, don Juan Maseira y don Gabino Ureta, por no haber comparecido a este acto, habiéndoseles dado el reglamento para que, instruidos de sus deberes, los funcionasen con el mayor celo y eficacia en el buen orden y tranquilidad del pueblo; con lo que se retiraron, que dándose el Muy Ilustre Ayuntamiento para continuar sus acuerdos.Y en este acto se recibió un oficio del Excelentísimo Gobierno con una representación de don Lucas Arriarán para que le informase sobre la pretensión de que se le eximiese del empréstito de cuatro mil pesos, en virtud de sus servicios patrióticos y de la propuesta de contribuir con cien pesos mensuales durante la guerra; y discutiendo la materia con antecedentes que sobre este mismo particular habían ocurrido por otros de igual solicitud, acordó se le transcribiese al Excelentísimo Gobierno la providencia que expidió sobre el particular, siendo del tenor siguiente: “Contéstese al Ilustre Cabildo que este Gobierno no ha admitido recurso alguno sobre rebajas ni esperas, que no permiten sus circunstancias, y que, así, provea la adjunta solicitud y cualesquiera que ocurra de esta clase”. Lo que se verificó con el correspondiente oficio.Después se vio el expediente de don Joaquín Díaz de Alderete sobre solicitud de una merced de aguas, y para su resolución proveyó: “Informe el Juez de Aguas”.Y, últimamente, habiéndose visto los informes del Procurador General de ciudad en los expedientes de don José Miguel Munita, preceptor de latinidad, sobre el abono de sus sueldos, y el de la organización y nuevo establecimiento del Colegio de San Carlos, que ambos reprodujo el Ayuntamiento en todas sus partes, determinó se pasasen al Excelentísimo Gobierno. Con lo que, no habiendo qué acordar y resolver, concluyó su acuerdo, firmándolo en su sala capitular, a 25 de mayo de 1813. Jorge Godoy.- José María de Rozas.- José Antonio de Rojas.- Isidoro de Errázuriz.- Miguel de Ovalle.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.
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Y, últimamente, habiendo visto una representación del cura de San Isidro con un informe a su continuación del Prefecto de Policía de aquel barrio, pretendiendo del Ilustre Ayuntamiento el visto bueno para el pago de su asignación, acordó pedir informe a su Procurador General, y con lo que expuso, difirió a su solicitud, cerrándose este acuerdo, por ser más de las nueve de la noche, que firmaron los señores en su sala capitular, a 30 de junio de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- Isidoro de Errázuriz.- Miguel de Ovalle.- José María de Rozas.- Antonio de Hermida.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 14 DE JUNIO DE 1813.Sobre tierras en el llano de Maipo y su reivindicación por el Procurador General.- Citación de regidores inasistentes.- Felicitación a los cuerpos militares.- Solicitud del escribano don José Joaquín Fontecilla.- Que se cobren los alquileres de los cuartos que ocupan los escribanos.En la ciudad de Santiago de Chile, a catorce de junio de mil ochocientos trece, estando juntos en su sala capitular los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento, dieron principio a sus acuerdos haciendo leer una representación del Procurador General de ciudad en que denunciaba cantidad de tierras del llano de Maipo correspondientes a los propios de ciudad, y que en tiempos anteriores se arrendaban sus pastos de su cuenta, y que el Muy Ilustre Cabildo debía tratar de esclarecer sus derechos, por ser un asunto de tanta consideración, por el valor y mayor aprecio que tendrán aquellos terrenos con la [sic] agua de Maipo; ofreciéndose a entender en este descubrimiento u operación, aún después de concluir con su empleo, si el Cabildo tuviese a bien conferirle esta comisión. Y después de haber meditado sobre esta materia, que reputaba no de poca consideración por el mayor aumento que resultaría a los propios de ciudad, acordó y proveyó lo siguiente: “El Cabildo, que conoce la importancia y utilidad de la obra que se propone, da toda la comisión necesaria al Procurador General representante para que la tome bajo de su inspección, concurriendo y asistiendo a todas las labores relativas a este encargo, en el que continuará aún después de dejar el carácter de Procurador General que actualmente reviste, asignándosele desde ahora, en compensativo de sus tareas, cuya gravedad conoce el Cabildo, un tres por ciento del número de cuadras que resultasen en favor de la ciudad, asignándole en tierras habilitadas de agua; al efecto dése cuenta al Excelentísimo Gobierno impetrando su aprobación”.Después, notando el Ayuntamiento la falta de asistencia de muchos de los señores regidores, que en las circunstancias más que nunca debían dedicarse por su celo y patriotismo para dar una manifiesta prueba del interés que debe tenerse en el bien de la patria, acordaron los señores se les invitase a su precisa y necesaria asistencia, por un oficio circular, para evacuar y determinar los graves y muchos asuntos que ocurren con todo el carácter y dignidad que corresponde al Cuerpo; y así se ejecutó.Considerando, al mismo tiempo, ser de su resorte propender a que las tropas de caballería que regresaban del Sur se les hiciese un recibimiento que manifestase la gratitud del pueblo por las victorias y triunfos que habían tenido contra los enemigos de nuestra causa en la restauración de la ciudad de Concepción y puerto de Talcahuano, acordó el Ayuntamiento pasase una diputación al Excelentísimo Gobierno para acordar el modo cómo debía ejecutarse.Habiendo en seguida visto el oficio del Tribunal de Apelaciones de diez del que rige, con la representación que acompaña del escribano don José Gregorio Fontecilla, para que el Ayuntamiento informase sobre la solicitud que hace de que se le coloque en la escribanía, acordó se puntualizase, con inserción de la [sic] acta que hay sobre este particular.Leyóse también una petición del Procurador General en que representaba al Ayuntamiento la falta de pago de los escribanos en los alquileres de los cuartos o piezas que ocupan, que mucho tiempo ha no lo verificaban, y que cada día se haría más pesada y difícil la cobranza, y en esta atención se les ejecutase. Y el Ayuntamiento proveyó lo siguiente: “Para proveer, el Sota-síndico presente una razón de los escribanos que adeudan los alquileres de las piezas que ocupan, el tiempo y sus cantidades, y si han sido requeridos”.Y, últimamente, habiéndose visto un escrito del escribano don Fernando Olivares pretendiendo en alquiler una de dichas piezas, con respecto a la ausencia de los escribanos don Juan de los Álamos y de don Manuel Solís, con la calidad de adelantar seis meses, o dar fiador a satisfacción del Cuerpo, proveyó: “Téngase presente para la primera pieza que se desocupe”. Y no habiendo habido otro asunto que resolver y acordar, se retiraron los señores, firmando el acuerdo en su sala capitular a 11 de junio de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- José Antonio Valdés.- José Antonio de Rojas.- Isidoro de Errázuriz.- Miguel de Ovalle.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 15 DE JUNIO DE 1813.Sobre cartas de ciudadanía y la de Román.- Escrito del escribano don Fernando Olivares.- Se aplazó la petición del Regidor don Antonio de Hermida, por estar presente, y ser más de la una del día.En la ciudad de Santiago de Chile, a 15 de junio de mil ochocientos trece, estando juntos en la sala capitular los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento, como lo tienen de costumbre, para dar principio a los negocios que habían de tratar mandaron se leyese la carta de ciudadanía que don Melchor Román había obtenido del Excelentísimo Gobierno y presentaba al Cabildo para que se tomase razón; pero los señores, viendo que en dichas cartas no se exigía esta calidad, cuyo requisito debía de ser indispensable, como representante del pueblo, y notando que la calificación de los sujetos que las pretenden, se hacía sólo con el informe del señor Procurador de ciudad, acordaron se informase al Gobierno no tener noticia el Ayuntamiento de las providencias que sobre este asunto hubiese dictado, y que en lo sucesivo se sirviese declarar que en el Cuerpo debía tomarse razón de dichas cartas de ciudadanía, y la anuencia del Cabildo con su Procurador General en los informes que sobre materia tan interesante expidiese. Lo que así se ejecutó.En seguida se vio un escrito del escribano don Fernando Olivares, insistiendo en el alquiler de la pieza que ocupa el archivo del escribano don Juan Álamos y que está a cargo de don José Ignacio Zenteno, y para sustanciar el expediente, acordaron los señores se le comunicase traslado a dicho Zenteno.Y, por último, se vio una representación del Maestre de Campo don Antonio Hermida, en el expediente que agita don Rafael Díaz, arrendatario de la hacienda de la dehesa, sobre que le desembarace los terrenos que ocupa con animales e inquilinos. Y no pudiendo el Ayuntamiento tomar resolución, ni acordar sobre el particular, por hallarse presente el Regidor don Antonio Hermida, después de haberse oído verbalmente cuanto tuvo que representar en este asunto, y por ser más de la una del día, mandó se suspendiese el acuerdo hasta la siguiente audiencia, retirándose de su sala capitular, a 15 de junio de 1813. Jorge Godoy.- Marcelino Cañas.- Joaquín de Trucíos.- Juan Francisco León de la Barra.- Antonio de Hermida.- Isidoro de Errázuriz.SESIÓN DE 19 DE JUNIO DE 1813.La dehesa.En la ciudad de Santiago de Chile, a 19 de junio de 1813, el Muy Ilustre Ayuntamiento, estando junto en su sala capitular para continuar el acuerdo anterior, y en su prosecución mandó se leyesen los dos escritos que habían presentado don Rafael Díaz de Alderete como arrendatario de la hacienda de la dehesa, pidiendo el cumplimiento de las providencias que estaban libradas para que el Regidor don Antonio de Hermida le desembarazase los terrenos que ocupa, y el que éste había producido solicitando se mandase suspender la ejecución de dichos decretos, en mérito de los fundamentos que exponía. Y en su resolución acordó el Cuerpo, con dictamen de su Asesor, que al pedimento del Maestre de Campo don Antonio Hermida, se proveyese: “Traslado, sin perjuicio”. Y al de Díaz: “Lo proveído con tal fecha”; con lo que y no habiendo otra cosa que tratar y determinar, y siendo en esta hora llamado el Ilustre Cabildo de orden del Excelentísimo Gobierno, se cerró este acuerdo, firmándolo en su sala capitular, a 19 de junio de 1813. Jorge Godoy.- Juan Francisco León de la Barra.- Joaquín de Trucíos.- Isidoro de Errázuriz.SESIÓN DE 21 DE JUNIO DE 1813.Sobre imposición de un donativo de 150.000 pesos.En la ciudad de Santiago de Chile, a veinte y uno de junio de mil ochocientos trece, el Muy Ilustre Ayuntamiento, estando congregado en su sala capitular, mandó se abriese un pliego del Excelentísimo Gobierno en que le previene ser precisa la colectación de ciento cincuenta mil pesos para socorrer las repetidas urgencias que experimenta la patria con las invasiones de los enemigos de nuestra causa, y en el día mucho mayores con la que habían verificado en el Huasco, para cuya defensa era indispensable formar un ejercito; y que para esto, en unión del Tribunal del Consulado y del de Minería, tomase los arbitrios más oportunos, a la mayor brevedad, adaptando las mismas medidas que anteriormente había tornado para sostener los crecidos gastos del ejercito del sur. Y para poderlo verificar y llenar los deseos de la Excelentísima Junta en materia de tanta consideración, acordó el Ayuntamiento se les pasase oficio de convocación a dichos tribunales para que desde la noche de este día concurriesen a la sala capitular para tratar tan importante y urgente asunto, lo que se verificó por medio del correspondiente oficio, cerrándose este acuerdo, que firmaron los señores en su sala capitular, a 21 de junio de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- Marcelino Cañas.- Antonio de Hermida.- Isidoro de Errázuriz.SEGUNDA SESIÓN DE 21 DE JUNIO DE 1813.Medidas preventivas para imponer una contribución de guerra.- Pago del sueldo de don José Miguel Munita.- Escrito del subastador de abastos.En la noche de este mismo día y año, habiéndose juntado en su sala capitular el Muy Ilustre Ayuntamiento y Tribunales, para tratar de los arbitrios que debían adaptarse para la contribución o derrama de dinero que se necesita para socorrer las grandes urgencias que experimenta el erario de la patria con los crecidísimos gastos de la guerra que sostienen los enemigos de nuestra causa, y nuevamente los invasores del Huasco, contra quienes es indispensable oponerles un ejército de defensa y guarnición de aquellos puntos; abrió la sesión, y no pudiendo continuar la deliberación de este gran negocio sin tener a la vista la lista de los individuos comprendidos en la contribución o empréstito que anteriormente se les había exigido para no irrogarles el perjuicio o injuria de ser doblemente gravados, determinó el Ayuntamiento y Tribunales se trajese aquella a la vista para la siguiente congregación, para proceder con todo el acuerdo, meditación y acierto que pide esta materia, y que para ello se exigiese al mismo tiempo al Administrador interino de Aduana don Carlos Rodríguez de Herrera una razón prolija de todas las facturas y sus valores a precios corrientes de plaza que se hubiesen introducido en la presente cordillera y estación de mar, y los sujetos a quienes correspondan, y otra al Ministro de la Tesorería General de Ejército de los individuos que han manifestado su adhesión a nuestro sistema con contribuciones y voluntarios donativos; lo que se verificó en la misma hora con respectivos oficios, y prevención secreta al Administrador interino de Aduana para que en esta operación procediese con toda brevedad, en consorcio del Vista don Rafael Correa; con lo que y quedando en suspenso la sesión, propuso el Secretario del Cuerpo se procediese al despacho ordinario de los asuntos pendientes; en cuya virtud, se vio una providencia del Excelentísimo Gobierno en el expediente del preceptor de latinidad don José Miguel de Munita, en que ordena que el Ilustre Cabildo satisfaga los sueldos atrasados que demanda, y en su cumplimiento expidió el decreto del tenor siguiente: “El Sota-síndico cumpla con lo que ordena la Excelentísima Junta en su decreto de 14 de junio, teniendo presente el descuento que debe hacerse de la cantidad de la dotación favor del Colegio Carolino, cuando haga la entrega, y para el efecto recogerá el expediente para devolverlo a la Secretaría del Cabildo”.Y, por último, habiendo visto un escrito del subastador de abastos de la plaza reclamando la posesión y asiento del portal de los vendedores en los días de lluvia, que les privan los comerciantes de esta situación; para su resolución acordó el Muy Ilustre Ayuntamiento pedir informe a su Procurador General; con lo que y no habiendo otra cosa que determinar, se cerró el acuerdo, firmándolo los señores en la noche del 21 de junio de 1813. Jorge Godoy.- José Antonio de Rojas.- Joaquín de Trucíos.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- Isidoro de Errázuriz.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 25 DE JUNIO DE 1813.Informe del Sota-síndico sobre los alquileres de las piezas que ocupan los escribanos.- Que los cabildos tomen razón de las cartas de ciudadanía.- Petición del subastador de la cancha de gallos.- Acuerdo a indicación de don Juan María Rozas para felicitar a los defensores de la patria en el ejército y para abrir un libro municipal en que inscribir sus nombres y victorias.- Sobre evitar el retardo de las causas en el Tribunal de Apelaciones.En la capital de Santiago de Chile, a veinte y cinco de junio de [mil] ochocientos trece, estando en su sala de despacho el Muy Ilustre Ayuntamiento, dando principio a sus acuerdos, mandó se leyese el informe o razón que se le pidió al Sota-síndico de ciudad sobre los escribanos deudores de los alquileres de las piezas que ocupan en el expediente promovido por el Procurador General sobre su pago; y enterado del mérito del expediente, expidió la siguiente providencia: “Los escribanos que se expresan paguen dentro de tercero día las cantidades que se les demanda por los arrendamientos de las piezas que ocupan, bajo apercibimiento, o den razón por el conducto del Sota-síndico”.Al mismo tiempo mandó se leyese un oficio del Excelentísimo Gobierno, de fecha 23 de junio, contestatario del que el Muy Ilustre Cuerpo le elevó, representándole que las cartas de ciudadanía que se expedían a los españoles europeos de probada adhesión a nuestro sistema, debían anotarse y tomarse razón en el Cabildo como representante del pueblo; y que los informes que producía su Procurador General para calificar el mérito de los individuos que son acreedores a esta gracia, se exigiese al Cuerpo para evacuarlos con anuencia de su Procurador General; y en declaración de estos puntos, el Excelentísimo Gobierno libró la providencia que transcribe, del tenor siguiente: “Contéstese que desde luego debe tomarse razón en los ayuntamientos de las cartas de ciudadanía que otorgue el Gobierno; y que los procuradores generales, cuando sean oídos para responder, lo hagan acordándose con aquellos”. Y enterado el Ayuntamiento de esta resolución, mandó se archivase dicho oficio con el correspondiente proveído.A continuación se vio otro oficio del Excelentísimo Gobierno, fecha de este día, con que acompaña el expediente que ha promovido el subastador de la cancha de gallos sobre suspensión de la contribución que hace al juez de ellas, para que el Ayuntamiento informe lo conveniente acerca de esta solicitud; y para ejecutarla, acordó oír al Procurador General de ciudad.Concluido este acto, propuso al Cuerpo el señor Licenciado Regidor don José María Rosas debía darse por el Ayuntamiento una manifestación de gratitud y reconocimiento a los oficiales e individuos que en la defensa y acciones del ejército del Sur contra los enemigos invasores a Concepción y Huasco que en la presente guerra fomenta el Virrey de Lima se hubiesen distinguido más con sus hazañas, valor y esfuerzos en el triunfo de las victorias que hemos obtenido; y que éstas serían recomendarlas a la posteridad y autenticar el servicio, honor y merito de los defensores de la patria en un libro que se titulase de Honor. Y el Ayuntamiento, considerando cuan justa era esta liberalidad y recompensa, acordó y mandó así se ejecutase, y que para el efecto se le representase al Excelentísimo Gobierno y pidiese una razón de los detalles de las acciones, el mérito de estos individuos, y se costease un libro para eternizar su fama, sirviendo de estímulo y entusiasmo a otros en iguales acontecimientos.Y, por último, secretamente se representó que el pueblo notaba y se lamentaba de que en el Tribunal de Apelaciones se despachaba por sólo dos ministros, y por cuya causa se irrogaba a los litigantes no pequeño perjuicio con la morosidad y retardación de las causas, y tal vez mayores males en el pronunciamiento de su sentencia. Y el Cabildo, discutiendo sobre esta materia de grande consideración, acordó se representase al Excelentísimo Gobierno para que tomase las providencias que fuesen convenientes y de público beneficio; con lo que y no habiendo habido otra cosa que determinar, se concluyó este acuerdo, que firmaron los señores en su sala capitular, a 25 de junio de 1813. Jorge Godoy.- Joaquín de Trucíos.- José Antonio de Rojas.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- Isidoro de Errázuriz.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 28 DE JUNIO DE 1813.Nombramiento de los quince vocales de la Junta Protectora de la libertad de imprenta.- Expediente del subastador de la cancha de gallos.En la capital de Santiago de Chile, a veinte y ocho de junio de mil ochocientos trece, hallándose en la noche de este día en su sala de despacho el Muy Ilustre Cabildo, en unión de los Tribunales, para tratar de facilitar la contribución de dinero que piden las urgencias de la patria para sostener los ejércitos del Sur y del Norte contra los enemigos que han invadido estos puntos por el Gobierno de Lima; se recibió un pliego del Excelentísimo Gobierno, fecha 26 del mismo, en que ordena al Ayuntamiento le proponga quince individuos con todas las cualidades y requisitos que previene el Reglamento de la libertad de imprenta para el sorteo de los vocales de esta Junta Protectora, cuya operación debe practicar en el día, con toda la circunspección propia de la dignidad del Cuerpo. Y en su cumplimiento, resolvió el Muy Ilustre Ayuntamiento se procediese en la misma hora a la formación de las listas de los sujetos que se habían de proponer a la Excelentísima Junta, y que se le remitiese con el correspondiente oficio; lo que se verificó.Y últimamente, habiendo visto el informe del Procurador General de ciudad en el expediente promovido por el subastador de la cancha de gallos sobre suspensión de la contribución mensual o renta impuesta al Juez de ella, acordó el Ayuntamiento se evacuase el informe que la Excelentísima Junta tiene pedido sobre este asunto, a consecuencia y tenor del que ha producido el Procurador General; con lo que y no habiendo habido otra cosa que tratar de acordar, por ser ya más de las nueve de la noche, determinaron retirarse los señores, firmando esta [sic] acta en su sala capitular, a 28 de junio de 1813. Jorge Godoy.- Joaquín de Trucíos.- José María de Rozas.- Ignacio Valdés.- Isidoro de Errázuriz.- Miguel de Ovalle.- Joaquín Tocornal.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario. [Tachada la firma de Isidoro Errázuriz].SESIÓN DE 30 DE JUNIO DE 1813.Imposibilidad de resolver por el momento lo relativo a un auxilio de dinero al erario nacional.- Expediente del subastador de la cancha de gallos.- Representación del cura de San Isidro.En la capital de Santiago de Chile, a treinta de junio de mil ochocientos trece, habiéndose juntado el Muy Ilustre Cabildo en su sala capitular, en unión de los Tribunales, como diariamente lo están acostumbrando de orden del Excelentísimo Gobierno, para evacuar, tratar y acordar los muchos y graves asuntos que ocurren, principalmente para arbitrar los auxilios de dinero con que debe socorrerse a las urgencias del erario y sostener el ejército restaurador de la patria en el cantón del Sur contra los enemigos invasores a Concepción y Huasco en la presente guerra que ha declarado el Virrey de Lima contra el derecho de gentes; y no habiendo podido el Muy Ilustre Ayuntamiento entrar en resolución de tan importante asunto por haber recibido en hora irregular la razón que pidió al Administrador interino de Aduana don Carlos Rodríguez de Herrera de la introducción de efectos en la presente cordillera y estación de mar, su importancia y sujetos a quienes corresponden, para deliberar la derrama del dinero que el Excelentísimo Gobierno ha calculado poderse necesitar para el ya expresado fin, determinó el Cuerpo se viesen los asuntos de despacho ordinario; y habiéndose leído el informe del Procurador General de ciudad en el expediente del subastador de la cancha de gallos sobre suspensión de la asignación al Juez de ella, resolvió se reprodujese y se disolviese el expediente a la Excelentísima Junta con el oficio correspondiente.
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SESIÓN DE 2 DE JULIO DE 1813.Que se tenga a mano una colección de Monitores.- Representación de don Roque Huicí.En la ciudad de Santiago de Chile, a dos de julio de mil ochocientos trece, hallándose reunido en su sala capitular el Muy Ilustre Ayuntamiento, en consorcio de los Tribunales, para tratar de los importantes y graves asuntos que el Excelentísimo Gobierno le ha cometido en unión de las corporaciones, con motivo de los presentes acontecimientos de la guerra que ha declarado el Virrey de Lima a esta capital y provincias, invadiendo con sus tropas a la ciudad de Concepción y puerto de Talcahuano; y no pudiendo evacuarlos con la prontitud que exige la urgencia por las medidas oportunas que el Cabildo y corporaciones han tomado para su acertada resolución, dijeron que era muy útil y necesario que el Ayuntamiento tuviese a la mano una colección de Monitores, para que con arreglo a los decretos y reglamentos expedidos por la Excelentísima Junta sobre varios asuntos importantes al bien del Estado, se procediese con uniformidad en los negocios que ocurriesen al Cuerpo, y que por su Secretario se pidiesen al impresor don Camilo Gallardo, de cuenta del Ayuntamiento.Y habiéndose visto una representación del ciudadano don Roque Huicí, excusándose de la comisión que se le había conferido para la compostura de los puentes inmediatos al Carmen de San Rafael, por hallarse incapaz de esta atención por sus enfermedades y otras ocupaciones, acordó el Ayuntamiento proveer lo siguiente: “Por admitida la excusa, por las razones que expone, y entiéndase la comisión con don Luis Santa María, en los mismos términos que se le confirió a don Roque Huicí, teniendo presente que si el cauce de las acequias da proporción, sea como las de la Cañada”. Con lo que se concluyó el acuerdo, firmándolo los señores en su sala capitular, a 2 de julio de 1813.Jorge Godoy.- José Antonio Valdés.- Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- José María de Rozas.- Antonio José de Irisarri.- Anselmo de la Cruz.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 3 DE JULIO DE 1813.Acuerdo recaído en la representación del Cura de San Lázaro.- Acéptase una cuenta de don José Tocornal.- Que se pidan a la Junta los expedientes de ciudadanía para comprobar los informes dados por el Procurador General.En la ciudad de Santiago de Chile, a tres de julio de mil ochocientos trece, estando en su sala capitular de acuerdos el Muy Ilustre Ayuntamiento, como diariamente lo está acostumbrando para el despacho de los muchos asuntos que ocurren y deliberar sobre las importantes comisiones que la Excelentísima Junta le ha dado por los acontecimientos de la actual guerra con Lima, mandó se abriese un pliego del Excelentísimo Gobierno; y habiéndose visto el decreto que expidió en una representación de don Pedro José Ayestas, cura de San Lázaro, pretendiendo el visto bueno para el pago de su asignación, en que ordena que no teniendo el Ayuntamiento informes contrarios a su solicitud, se le diese, y notando el Cuerpo no estar revestida del preciso e indispensable requisito del certificado del juez territorial e informe del Procurador General; acordó el Cuerpo se le representase y consultase si para éste u otros casos de igual providencia podría el Ayuntamiento dar el visto bueno sin este trámite y con inobservancia del artículo 6° del Reglamento de esta materia; y se verificó por oficio de esta fecha.Después se leyó un oficio de don José Tocornal, Diputado del Tribunal de Minería, excusándose de la comisión que el Ayuntamiento y corporaciones le confirieron para acompañar a los demás nombrados como miembros de estos cuerpos, que lo son, don Agustín Gana, por lo respectivo al Tribunal del Consulado, y don Miguel Ovalle al Cabildo, para evacuar a la mayor brevedad el grave e importante asunto de los empréstitos. Y el Ayuntamiento, hecho cargo de las razones de su excusa, dispuso nombrar a don Feliciano Letelier como individuo de aquel Cuerpo, y que se le pasase por Secretaría el correspondiente oficio.Y, últimamente, habiendo tratado sobre la delicadeza y circunspección que debía tenerse en los informes que se diesen a los pretendientes de cartas de ciudadanía, para producirlos según su mérito y dignidad, representó el Procurador General sería lo más conveniente que por el Ayuntamiento se pidiese[n] al Excelentísimo Gobierno todos los expedientes que sobre este particular se han promovido, para transcribir los informes en los libros del Cabildo, que ha prestado el señor Procurador General, para tenerlos a la vista y proceder en lo sucesivo con la consecuencia que se merece asunto de tanta consideración; y los señores, después de haber reflexionado y meditado sobre esta importancia, resolvió [resolvieron] así se ejecutase, elevando a la Excelentísima Junta el oficio correspondiente; con lo que concluyeron su acuerdo, firmándolo los señores en su sala capitular, a 3 de julio de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- Isidoro de Errázuriz.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 5 DE JULIO DE 1813.Sobre la repartición de nuevo empréstito.- Que se tuviesen a la vista los informes del Procurador General a las cartas de ciudadanía y una colección de Monitores y Auroras.En la Ciudad de Santiago de Chile, a cinco de julio de mil ochocientos trece, estando en su sala capitular de acuerdos el Muy Ilustre Ayuntamiento, y habiéndose visto un oficio del Diputado del Tribunal de Minería don José Tocornal, excusándose de la comisión quo se le había encomendado para tratar de la graduación de nuevos empréstitos y sujetos a quienes debía imponérseles: dijo y acordó el Cuerpo se nombrase a don Feliciano Letelier como miembro de aquel Tribunal y que por Secretaría se le diese aviso por Carta-oficio para que se asociase con don Agustín Gana y don Miguel de Ovalle nombrados para esta importante comisión, que a la mayor brevedad deben evacuar, para cumplir con las órdenes de la Excelentísima Junta, en atención a las urgencias de la patria: lo que así se ejecutó.Y en seguida, habiéndose tratado y discutido por el Cuerpo largamente sobre los informes de las cartas de ciudadanía y la consideración que en punto tan delicado debía tenerse para producirlos, acordó el Ayuntamiento se tuviese a la vista el reglamento, y que al mismo tiempo se suscribiese en un periódico de Monitores, desde la primera Aurora, y se pidiese al impresor don Camilo Gallardo, por la utilidad que resultaría al Cabildo de orientarse de cuanto podría necesitar en asuntos que ocurriesen, teniéndolos a la mano en su Secretaría de despacho; y así se verificó, trayendo una colección de Monitores y Auroras, que mandó archivar con este objeto. Con lo que concluyeron los señores este acuerdo, firmándolo en su sala capitular de Santiago de Chile, 5 de julio de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- Anselmo de la Cruz.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 6 DE JULIO DE 1813.Sobre tierras en el llano de Maipo.- Aumento de los alguaciles hasta veinte.- Petición de don Agustín Antonio Argues.En la capital de Santiago de Chile, hallándose en su sala capitular, como lo están acostumbrando diariamente por orden de la Excelentísima Junta con motivo de la presente guerra contra la invasión de Lima a Concepción y Huasco, y dando principio a sus acuerdos, mandó se viese un oficio del Excelentísimo Gobierno con que acompaña el expediente promovido por su Procurador General de ciudad sobre el descubrimiento de tierras pertenecientes a la ciudad en el llano de Maipo, con el decreto aprobatorio de esta solicitud: y enterado de su mérito y estado, proveyó lo siguiente: “Pase este expediente al procurador General para que pida lo que crea conveniente”.A continuación mandó se leyese otro oficio de la Junta Excelentísima en que ordenaba se aumentas el número de alguaciles hasta el veinte, y que se pusiese uno a disposición de cada Prefecto para su auxilio; y en su cumplimiento y ejecución de esta orden superior, se nombraron en el acto a Mateo Díaz, Juan Francisco Cáceres, Francisco Peña y a Francisco Lillo, y se diese cuenta al Gobierno para su inteligencia.Posteriormente se vio una petición de don Agustín Antonio Argues, pretendiendo se embarazase el tránsito y tráfico de carretas por un puente de su propiedad al frente de la quinta del finado don Carlos Hurtado que tiene arrendada; y con vista y consideración del reglamento de policía, expidió el decreto que sigue: “Ocurra esta parte a usar de su derecho en el juzgado donde corresponda”. Con lo que y no habiendo habido otro asunto que determinar, ni materia sobre que discutir, se concluyó el acuerdo, firmándolo en su sala capitular, a 6 de julio de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- José Antonio de Rojas.- Anselmo de la Cruz.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 7 DE JULIO DE 1813.Providencia recaída contra don Antonio de Hermida respecto a la hacienda de la dehesa.En la ciudad de Santiago de Chile, a siete de julio de mil ochocientos trece, reunido el Ayuntamiento en su sala capitular, mandó se viese el expediente promovido por el subastador de la hacienda de la dehesa, don Rafael Díaz, contra el Regidor don Antonio de Hermida sobre que le desembarace dicha hacienda de todos los animales e inquilinos que en ella mantiene. Y enterados los señores del estado y sustanciación de los autos con meditación y reflexión y con vista de las providencias repetidas que sobre este particular tenía libradas, con respecto a la naturaleza de la causa y a los perjuicios que irroga al arrendatario, y los que pueda experimentar el Ayuntamiento en el pago del arrendamiento por la falta de cumplimiento en el contrato; acordaron los señores, después de haber meditado largamente y reflexionado las dificultades que podrían ocurrir, entrando en votación, que fue casi plena, resolvió librar el decreto siguiente: “Autos y vistos: No habiendo cumplido el Regidor don Antonio Hermida con las providencias de 26 de marzo y 21 de mayo, ni con las condiciones del convenio celebrado con el arrendatario de 1º de febrero del presente año; procédase a la expulsión de los animales, cabalgares, e inquilinos, y los que éstos tengan de su pertenencia en la hacienda de la dehesa; y al efecto, se comisiona al Teniente Alguacil Mayor, quien para el cuidado de los animales vacunos que en dicha hacienda puedan haber de la pertenencia de don Antonio, dejara un solo inquilino; todo a su costa, con citación, y se comete”. Con lo que concluyeron este acuerdo, firmándolo en su sala capitular, a 7 de julio de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- José Antonio de Rojas.- Doctor Tiroteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 8 DE JULIO DE 1813.Sobre repartición de empréstito.- Expediente del subastador de la plaza de abastos.- Sobre cartas de ciudadanía.En la ciudad de Santiago de Chile, a ocho de julio de mil ochocientos trece, hallándose en su sala capitular el Muy Ilustre Ayuntamiento y corporaciones, representaron los señores don Agustín Gana y don Miguel Ovalle, el primero como miembro del Tribunal del Consulado, comisionados por el Ayuntamiento para formar la graduación de empréstitos para auxilios de la presente guerra, que habiéndose hecho público este asunto tan grave y por su naturaleza odioso, hasta el extremo de hacerles reconvenciones varios sujetos y representarles las sensibles resultas que podrían experimentar por la odiosidad de la materia, después de haberse acordado sobre la reserva y sigilo que debía guardarse en este grave negocio, bajo cuyo supuesto habían admitido esta fastidiosa comisión, por dar pruebas y manifestar los deseos de emplearse en servicios de la patria, llenando al mismo tiempo las confianzas de este Ilustre Cuerpo; y que respecto a estar descubiertos del resentimiento del pueblo, se desistían y suplicaban se les admitiese su excusa, y que desde luego concurrirían para que en unión de todo el Ayuntamiento y demás corporaciones, se tratase y evacuase esta importante y grave materia. Y los señores, considerando la justicia de su excusa y la razón que les asistía para su desistimiento, acordaron se citase a todo el Cabildo pleno y Tribunales, conforme a la orden de la Excelentísima Junta, y que al efecto se pasase por Secretaría a los señores regidores oficio circular de citación, para que desde la noche de este día se convocasen en la sala del Ayuntamiento, de las seis a las siete, con prevención que, de no verificarlo, se pondría en consideración de la Excelentísima Junta; y así se ejecutó.En seguida, habiéndose visto el expediente del subastador de la plaza de abastos sobre que a los vendedores se les permita acogerse en los arcos del portal en los días de lluvia, con lo informado por su Procurador General, proveyó lo siguiente: “Ocurra esta parte al Juzgado Mayor de Policía, donde corresponde”.Últimamente, continuando la discusión del grande asunto de otorgar cartas de ciudadanía a los españoles europeos, y de las gravísimas dificultades que se presentan para concederles esta gracia, de que podrán resultar en nuestro sistema y nuevo Gobierno adoptado funestas consecuencias, que acaso el tiempo y las circunstancias no podrán remediar, después de haberse tratado particularmente y con la mayor consideración este delicado negocio; resolvieron uniformemente los señores se consultase al Excelentísimo Gobierno sobre los decretos que se conceden a esta clase de ciudadanos, las circunstancias o cualidades que deban tener, y las clases de pruebas que deban dar, respecto a que el reglamento que se ha publicado no lo declara. Con lo que y reservándose el Ayuntamiento tratar después cuanto más convenga en este asunto en beneficio del pueblo, concluyeron su acuerdo, que firmaron en su sala capitular de Santiago, a 8 de julio de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- Doctor José Ureta.- Feliciano José Letelier.- Agustín de Gana.- Marcelino Cañas Aldunate.- Isidoro de Errázuriz.- José Antonio Valdés.- José Antonio de Rojas.- Juan Francisco León de la Barra.- Miguel de Ovalle.- Tomás de Vicuña.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DEL DIA 10 DE JULIO DE 1813.El Gobierno remite ejemplares del reglamento de escuelas.- Empréstito.Habiéndose reunido las horas acostumbradas los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento y Tribunales en su sala capitular para dar un principio efectivo y formal a la comisión que previenen los acuerdos anteriores, después de haber tornado el orden que es propio de la representación de ambos Cuerpos, mandaron se abriese un pliego del Excelentísimo Gobierno; fecha de este dial con que acompañaba los ejemplares del Reglamento de Escuelas para que dos se archivasen en su Secretaria, y los restantes se entregasen a los maestros de primeras letras que existiesen en la capital, y se diese al mismo tiempo cuenta cual es el cabildante decano encargado de la protección de estas escuelas: y enterado el Ayuntamiento de estos particulares, ordenó así se cumpliese y archivase dicho oficio; entrando en seguida a la discusión, realización y examen de los individuos que deben sufrir la derrama y empréstito de ciento cincuenta mil pesos para los urgentes auxilios de la presente guerra, con conocimiento, reflexión e inteligencia de la razón que se ha dado por los ministros de la Tesorería General de Hacienda de los individuos que han gratulado donativos voluntarios a la patria en manifestación y prueba de su decidido patriotismo y adhesión al justo sistema de nuestra libertad, y de la que al mismo tiempo ha firmado el Administrador interino de aduana de las introducciones hechas en la presente cordillera y estación de mar, con designación de las personas dueñas de estas propiedades; con cuya consideración dieron principio los señores del Ayuntamiento y tribunales a verificar el objeto de su asistencia.SESIÓN DE 12 DE JULIO DE 1813.Empréstito.En la noche de este día, reunido el Muy Ilustre Ayuntamiento y Tribunales en la sala capitular para continuar las sesiones sobre los arbitrios y medidas que deben adaptarse para facilitar la colectación del dinero que se necesita para las exigencias de la patria a toda costa el ejército acampado en el sur; dieron principio a sus acuerdos discutiendo y discerniendo con el mayor acuerdo, circunspección y reflexión las dificultades que se ofrecían en la ejecución de este tan grave e importante negocio, y acordadas con cuantas consideraciones debían tenerse respecto a los individuos a quienes debe imponerse el empréstito, a proporción de sus haberes y otras consideraciones que tuvieron presentes, lo empezaron a verificar, suspendiendo la conclusión de la operación, por ser ya las nueve de la noche, para continuar en la sucesiva la sesión y resolución.SESIÓN DE 13 DE JULIO DE 1813.Se ordena investigación por falta de sigilo en la tramitación del empréstito.- Agradecimiento de Bernardo de Vera al Cabildo.Habiéndose juntado en la noche de este día el Muy Ilustre Ayuntamiento y Tribunales en la sala capitular a las horas designadas con el objeto de proseguir las sesiones que dan mérito a su asistencia, dieron principio a la ejecución, y leyéndose una representación de don Ramón Bravo y Covarrubias patentizando los servicios que tiene hechos a la patria en virtud de la razón que de ellos acompañaba, enterado el Cuerpo y Tribunales de su solicitud, que denotaba ser con consideración y respecto al grave asunto que se está tratando con el mayor sigilo de la derrama de empréstitos; representaron los señores que semejante solicitud no podía resultar sin que se le hubiese puesto en noticia este asunto por algún individuo del Cuerpo, resultando de esto el comprometimiento y descubierto en que todos quedaban, expuestos a la odiosidad y resentimientos del pueblo, y que, siendo un caso digno de averiguarse para representarlo al Excelentísimo Gobierno y pedir la exclusión y separación del individuo cabildante que hubiese tenido la debilidad, poco honor y carácter de faltar a los deberes de su empleo, quebrantando, además, el sagrado de los repetidos juramentos que ha prestado el Cuerpo para sellar y ratificar el sigilo que deben guardar en todos los asuntos que traten y resuelvan en el Ayuntamiento, principalmente en los que en el día están entendiendo para los presentes acontecimientos de la guerra con la capital de Lima, cometidos por la Excelentísima Junta a la confianza y celo del Cabildo y demás Tribunales, sobre quienes recaía el agravio e injuria de esta falta de sigilo: unánimemente resolvieron se suspendiese la sesión por esta noche, y se procediese a la indagación de este deshonroso procedimiento, a cuyo fin comisionaron al señor don Jorge Godoy para que en la misma hora procediese y tomase declaración a don Ramón de Covarrubias, con arreglo a la instrucción que le confirieron; y habiéndolo así ejecutado, resultó el mérito que manifiesta su dicha declaración.Y en este intervalo se recibió un pliego del ciudadano Doctor don Bernardo de Vera y Pintado, Diputado del Gobierno de Buenos Aires, en que daba a este Ilustre Cuerpo, representante del pueblo, las gracias más tiernas y el más sincero reconocimiento por la acción heroica y noble generosidad con que le libertó del destierro y confinación a que en igual día le destinó para Lima el Presidente Carrasco, cuya afligida memoria y desgraciado suceso le hacía brotar su gratitud a este cuerpo; quien, instruido de dicha representación, acordó se le contestase en términos que manifestasen el aprecio con que le distinguía el Cuerpo, propio al mérito de su persona; y que ambos oficios se imprimiesen para dar al público una manifestación de la distinción a que se hacen acreedores semejante clase de individuos ciudadanos, quedando archivado en su Secretaría el oficio o representación del indicado Doctor don Bernardo de Vera y Pintado.SESIÓN DE 14 DE JULIO DE 1813.Sobre empréstito y concurrencia de regidores inasistentes.Reunido en la noche de este día el Muy Ilustre Ayuntamiento y Tribunales en la sala capitular para continuar la obra de su comisión, se dio principio a la sesión haciendo presente al Regidor secretario del Cuerpo a los señores el estado en que había quedado pendiente en la anterior noche, y discutiendo la materia con todas las consideraciones que exige el caso, entró en sus resoluciones que se suspendieron hasta las horas acostumbradas, habiendo determinado se elevase a la Excelentísima Junta un oficio representatorio de la falta de asistencia de los regidores don Pedro Prado, don Diego Larraín, don Francisco Cisternas, don Joaquín Gandarillas y don Juan Francisco Larraín, a pesar de repetidas citaciones y requerimientos para que se les compeliese a la concurrencia y deliberación de los graves negocios en que el Cabildo se halla entendiendo por orden de la misma Superioridad: lo que se verificó con la fecha de este día.SESIÓN DE 20 DE JULIO DE 1813.Protector de escuelas.- Toma de razón en la Municipalidad de las cartas de ciudadanía.- Prefecto e inspectores de cuartel.- Supresión del empleo de cirujano de ciudad y servicio gratuito a turno.- Sobre internación de un molino en tierra pública.- Informe sobre la petición de carta de ciudadanía de don Domingo Díaz Muñoz.- Informe sobre carta de ciudadanía de don José A. Mancheño, que debe ser en sentido favorable e inverso al anterior.- Informe sobre carta suspendida para don Diego Cos.- Informe recomendando la carta de ciudadanía a don Roque Huicí.En este día, habiéndose congregado en su sala capitular los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento en acuerdo ordinario, por hallarse la Secretaría de su despacho sumamente recargada de los asuntos peculiares al Cuerpo, retardados y sin expedición, para llenar diariamente la confianza de la comisión reencargada por el Excelentísimo Gobierno a que son referentes las precedentes sesiones, ordenaron se diese principio al acuerdo; y habiéndose instruido de un oficio de la Superioridad de 10 del presente mes con que le dirigió los ejemplares del Reglamento de Escuelas para que se repartieran a los niños de primeras letras que existieran en la capital, dejando archivados dos en su Secretaría, y se le diese parte del cabildante decano encargado de esta protección: dijo el Ayuntamiento que ninguno sería más a propósito para esta comisión importante que el Regidor don Tomás Vicuña, por el conocimiento que en esta materia tiene ya adquirido, y que, así, le nombraba de protector de dichas escuelas a quien se entregasen los ejemplares de su reglamento, según lo ordenaba el Excelentísimo Gobierno, y se le diese cuenta de este nombramiento y elección por el correspondiente oficio.Y habiendo en seguida tratado sobre la toma de razón de las cartas de ciudadanía y el modo como debía hacerse, acordó se estampase o transcribiese el tenor de la primera expedida, y [en] las restantes se expresase a su continuación sólo la constancia de dicha carta y el individuo a quien correspondiese, en el caso de ser uniformes, pero en el de ser diferentes, se glosase la mayor distinción o calidad que comprendiese.Sucesivamente se instruyó de otro oficios que pasó al Cuerpo el Excelentísimo Gobierno con fecha de 12 del mismo mes, previniendo que en decreto del 10 había nombrado la Junta, a virtud de propuesta del prefecto don Francisco Javier Errázuriz, para inspectores de su cuartel a don José Antonio Mesía, don Ramón Pasos, y a don Manuel Gandarillas de suplente en lugar de don Santiago, su padre; y el Ayuntamiento ordenó se les citase, pasándoseles el correspondiente billete de aviso para que concurriesen el día viernes siguiente para darles la posesión de sus empleos, precediendo los requisitos de estilo; y así se ejecutó.Después se enteró de otro oficio de la misma Superioridad, de 15 del mismo mes, en que le transcribía al Ayuntamiento el decreto que con la misma fecha había expedido, y es del tenor siguiente: “Obligado el Gobierno, y sobre todo en las presentes circunstancias, a suprimir las dotaciones de cuantos destinos, o no sean necesarios, o puedan desempeñarse sin gravamen de los fondos públicos; decreta que desde hoy quede extinguida la plaza de cirujano de ciudad que servía don Bartolomé Coronilla, quedando todos los cirujanos existentes en la capital con la obligación de servir por turno de dos en dos meses dicha plaza, empezando desde la fecha por el más antiguo. Transcríbase este auto al Ilustre Cabildo para que haciéndolo saber a los alcaldes lo tengan éstos entendido para los casos que ocurran, y al Proto-médico para que lo notifique a todos los profesores comprendidos en este auto, y pase al Cabildo una razón de ellos dispuesta por el orden de su antigüedad”. Y en su consecuencia mandó se archivase, habiendo pedido antes el señor Alcalde don Jorge Godoy se le pasase una lista de los cirujanos, con expresión del tiempo en que cada uno debía turnar, para fijarla en las puertas de su juzgado, para inteligencia de ellos, y prontamente se le dio.A continuación se leyó una representación del Procurador General, denunciando la internación que don Benito Coros había hecho con el edificio del molino que compró al convento de San Agustín, en tierras correspondientes a la ciudad, pidiendo al mismo tiempo que don Luis de Santa María, como Director de obras públicas, practicase el debido reconocimiento y diese cuenta al Cuerpo para que expidiese las providencias que conviniesen. Y [sic] instruido el Ayuntamiento de esta solicitud, proveyó a su petición: "Como se pide”.Asimismo hizo se le diese cuenta de las cartas de ciudadanía que se hallaban en informe al Ayuntamiento y su Procurador General, y habiéndose visto la que pretende don Domingo Díaz Muñoz, después de haber discutido sobre las circunstancias de este individuo y los términos tan irregulares con que glosa su petición, dijo y acordó que el informe que debía producirse, debía reducirlo su Procurador General a reproducir el que tenía dado el señor Regidor don Antonio de Hermida, como prefecto de policía.Y habiendo igualmente visto otra petición de don José Antonio Mancheño entablada ante el Superior Gobierno sobre conseguir la misma gracia, a cuyo fin se pidió informe al Procurador General con anuencia del Ayuntamiento, precedido el del Prefecto de Policía respectivo a su jurisdicción, resolvieron los señores se evacuase en los propios términos que el anterior, por parecer que este individuo merecía ser acreedor a la carta de ciudadanía, por la adhesión y ninguna contrariedad que se le había notado a nuestro sistema, y no como don Domingo Díaz Muñoz, en quien se ha visto desde el primer paso de su instalación las acciones y operaciones más públicas de su adversidad.Leyóse asimismo otra petición del europeo comerciante don Diego Cos sobre la misma solicitud, e instruido el Ayuntamiento de sus antecedentes para expedir el informe que debía darse, discutiendo sobre esta materia y sobre las circunstancias y operaciones de este sujeto, que exigían otro discernimiento y meditación, acordó y mandó se suspendiese la resolución hasta otro acuerdo.Y, finalmente, habiendo visto la representación de don Roque Huicí pretendiendo se le otorgue la carta de ciudadanía por el Superior Gobierno, a cuyo efecto debía expedírsele el informe que previene el reglamento, consideró el Ayuntamiento el mérito de este gran vecino, su virtud y relevantes circunstancias, que lo hacían acreedor a esta gracia, no en los términos comunes que se les ha dado y concedido a otros, sino en términos que se le haga el mayor honor y distinción por su patriotismo el más decidido y por el interés que ha manifestado desde el primer paso de nuestra revolución a sostener el sistema de nuestra libertad, principalmente en la defensa de la patria que los enemigos de Lima han pretendido invadirla por Concepción, ayudando a su auxilio con soldados y donativos de dinero; y con esta consideración acordó el Ayuntamiento que el informe de su Procurador General se redujese a manifestar a la Excelentísima Junta el mérito de este vecino con las expresiones más eficaces y pedir se le otorgase la carta sublime de ciudadanía.SESIÓN DE 22 DE JULIO DE 1813.Empréstito.Hallándose en la noche de este día los señores de este Ilustre Cuerpo y Tribunales diputados para tratar de los arbitrios que debían adoptarse para realizar la contribución del empréstito para socorro de las urgencias de la patria, que sostiene el numeroso ejército en el cantón del sur, en defensa de los enemigos de Lima, que han invadido a Talcahuano y Concepción, dando principio a su sesión se hicieron al mismo tiempo cargo de las gravísimas dificultades que abrazaba el lleno de esta comisión y las resultas que podían dimanar de comprender en esta derrama a vecinos y personas del país, no obstante de la fría indiferencia con que se han manifestado en el mayor peligro y las angustias que está padeciendo la patria; y hecho cargo de todo esto y de los odiosos comprometimientos a que quedaban expuestos los Cuerpos, y deseando llenar con acierto las órdenes de la Superioridad, unánimemente resolvieron se consultase al Excelentísimo Gobierno que si sin embargo de haber cesado la causa que motivaba esta contribución para sostener otro ejército en el Norte, por la invasión que también hicieron en el Huasco estos enemigos, debía llevarse adelante la ejecución de la colectación, y en este caso qué clase de personas deberían ser comprendidas, con respecto a que en los oficios que se habían pasado de la Excelentísima Junta sobre este particular no se designaban; y en su resolución contestó el Superior Gobierno el oficio que a su tenor se transcribe, y es como sigue: “Aunque falsificada la expedición invasora del Huasco, cesó el motivo de armar allí un ejército que reprimiera las osadas ideas del tirano del Perú que nos anunciaron; pero no por eso dejó de causarnos los cuantiosos gastos que se hicieron, ayudando a poner nuestro erario en la triste situación que hoy se ve. Cada día se agota con los que indispensablemente exigen las cosas del Sur, hasta ahora sin concluirse; y así, es indispensable el segundo empréstito que previno a US. el Gobierno, cuando no de los ciento cincuenta mil pesos, al menos de la mayor cantidad posible, prefiriéndose en esta contribución a los antipatriotas e indiferentes que no hayan tomado una parte activa en nuestra causa, ya con su influjo, con sus personas o con sus fortunas. Lo previene a US. la Junta en contestación a su oficio de ayer sobre el particular”.SESIÓN DE 23 DE JULIO DE 1813.Toma de posesión del cargo de inspectores de policía.- Renuncia de Joaquín Tocornal a su vara de Regidor.- Abolición de una de las Direcciones de Obras Públicas.- Representación del Alcaide de la cárcel.Hallándose reunido los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular para acuerdo ordinario, y hallándose al mismo tiempo presentes don José Antonio Mesía y don Ramón Pasos para recibirse y tomar posesión de los empleos de inspectores de policía del cuartel correspondiente al prefecto don Francisco Javier Errázuriz, mandó el Ayuntamiento se procediese a este acto y por el presente escribano se les tomase el juramento de estilo; y habiéndolo verificado con todas las formalidades acostumbradas, se les dio la referida posesión, entregándoles para su instrucción el reglamento de su instituto; y habiéndose retirado, continuó sus acuerdos mandando se leyese una representación del Regidor don Joaquín de Tocornal, desistiéndose de la vara de su empleo, por sus continuas enfermedades y otras atenciones de negocios que le embarazaba su honroso desempeño. Y [sic] instruido el Cuerpo de su solicitud y las razones en que fundaba su renuncia, resolvió que con el correspondiente oficio se diese cuenta con ella al Superior Gobierno.En seguida se vio un oficio de los ministros de la Tesorería General de Ejército, consultando al Gobierno el sueldo que deban abonar al Director de Obras Públicas don Juan Francisco Montaner, y una representación de éste, pretendiendo la posesión de este empleo; y enterado el Ayuntamiento de estas solicitudes y del decreto marginal que dictó el Superior Gobierno, del tenor siguiente: “Teniendo varios sobrestantes el presidio, informe el Ilustre Cabildo si será necesario el que tiene el Director de obras públicas o si su oficio podrá suplirse y servirse por aquéllos, consultando esta economía”. Y el Cabildo, después de haber meditado y reflexionado este particular, ordenó se informase a la Excelentísima Junta no ser necesario el ministro que mantiene el Director de Obras Públicas, porque su oficio puede muy bien desempeñarse por los sobrestantes del presidio; siendo en los mismos términos superflua la plaza de don Juan Francisco Montaner, porque también puede desempeñarse por el Director de Obras Públicas don Luis Santa María y sobrecargo del presidio don Ramón Moreno, resultando el beneficio de la economía de este sueldo.Y, últimamente, se vio una representación del Alcaide Claudio Mengrano, haciendo ver al Ayuntamiento la falta de utensilios, como escobas, etc., para asear los inmundos calabozos de los reos, escaleras, etc., y la necesidad que había de socorrerlos con este pequeño desahogo para precaucionarlos de las enfermedades que pudiesen sobrevenirles de la corrupción de los aires; y que en esta atención se le mandase aplicar el real que contribuyen los esclavos, con cuya cuota se hacía cargo de desempeñar este encargo y obligación; y el Cabildo, enterado de esta pretensión, proveyó lo siguiente: “Esta parte ocurra a cualesquiera de los señores alcaldes, quienes están comisionados para proveerlo de los utensilios que necesite para el aseo de la cárcel, no habiendo lugar al preste del real de los esclavos, que le solicita con este fin”. Con lo que se cerró este acuerdo, firmándolo los señores en la sala capitular a 23 de julio de 1813. Jorge Godoy.- Joaquín de Trucíos.- José Antonio de Rojas.- Isidoro de Errázuriz.- Antonio de Hermida.- Antonio José de Irisarri.- José Antonio Valdés.- Juan Francisco León de la Barra.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 27 DE JULIO DE 1813.Reparación de calle de las Matadas.- Informe sobre carta de ciudadanía de Andrés Nicolás Orjera, Sargento Mayor de Voluntarios.En la ciudad de Santiago de Chile, a 27 de julio de 1813, hallándose reunidos los señores del Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular para tratar en acuerdo ordinario del despacho de los negocios particulares del Cuerpo, mandó se viese el expediente que han obrado los vecinos de la calle de las Matadas sobre reparación de los empedrados, blanqueados y aseos de las casas que con parte de su peculio quieren costear para el recibimiento y entrada de nuestras tropas del Sur, sobre que el Superior Gobierno ha pedido se le informe acerca de su solicitud; acordó en su cumplimiento se ejecutase, accediendo a ella por la utilidad que resulta de la composición de dicha calle, y que el mayor costo que se impendiere podía salir del ramo de balanza, por ser el único que puede sufragarlo, porque los demás están destinados para otras atenciones precisas e indispensables; pero que, consultando el menor gravamen del erario, sería lo más conveniente excitar el esfuerzo y generosidad de los vecinos que no están en la lista de los contribuyentes, para que concurran a la obra como los demás.Y, últimamente, se vio el expediente del Sargento Mayor de Voluntarios don Andrés Nicolás de Orjera sobre solicitud de carta de ciudadanía; y el Ayuntamiento, instruido del informe de su correspondiente Prefecto, acordó se reprodujese por su Procurador General. Con lo que se concluyó, y lo firmaron los señores, en la sala capitular, a 27 de julio de 1813. Jorge Godoy.- Joaquín de Trucíos.- José Antonio de Rojas.- Antonio José de Irisarri.- José Antonio Valdés.- Juan Francisco León de la Barra.- Isidoro de Errázuriz.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 28 DE JULIO DE 1813.Dudas sobre empréstito.Estando en la noche de este día reunido el Ayuntamiento y corporaciones en la sala capitular para tratar sólidamente los asuntos a que es referente la sesión [del] día 22, y puestos estos Cuerpos en el orden de su representación y dignidad, y tomando la voz el Secretario hizo presente a los señores el estado en que había quedado pendiente la discusión anterior sobre la comisión y encargo que se le dio al señor Regidor don Antonio José de Irisarri para que privadamente tratase de indagar la inteligencia y verdadero espíritu del oficio constestatorio del Excelentísimo Gobierno inserto en la indicada sesión, sobre las dificultades y dudas que asistían a las corporaciones en la designación de les individuos a quienes debía abrazar la actual contribución; y habiendo satisfecho a los señores su confianza, abrieron discusión sobre el mismo número particular; y después de haber reflexionado y tratado [de] allanar y a fondo cerciorarse de la inteligencia de la contestación del Gobierno, entraron en acuerdo las corporaciones y resolvieron que para no dilatar mas la conclusión de su comisión y embarazarse con estas dificultades, se pasase a la Excelentísima Junta un oficio más expresivo para que ilustrase el espíritu y verdadera inteligencia de su anterior orden, para proceder sin interrupción en el objeto de su asistencia: lo que se puso en ejecución en la misma noche, según lo acredita el libro copiador de oficios, quedando pendiente esta sesión para continuarla con la resolución que diere el Excelentísimo Gobierno.SESIÓN DE 30 DE JULIO DE 1813.Lista de contribuyentes y nuevas dificultades relativas al empréstito.Hallándose a las horas acostumbradas los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento y corporaciones en la sala capitular para continuar la ejecución de la comisión a que son referentes las sesiones precedentes, y recibido del Excelentísimo Gobierno un oficio, mandaron se abriese, e instruidos de su contenido, cuyo tenor es corno sigue: “Conforme al oficio de US. fecha 28 del que expira, sobre que no entiende bien quienes son los que deben contribuir con los préstamos que se deben exigir, con la de hoy ha decretado el Gobierno lo que sigue: “Contéstese al ilustre Cabildo que deben incluirse en la contribución por vía de préstamo, no sólo los declarados antipatriotas, sino también los indiferentes, y aún aquellos patriotas que ni con sus personas ni con sus intereses, a proporción de lo que podían, han ayudado a la defensa de su patria en los apuros que ha estado y se mantiene”. Se le transcribe a US. para su inteligencia y en con testación a su citado [oficio].Y viendo que era contestación del que se hace mérito en la citada anterior sesión, abrieron nueva discusión sobre el mismo asunto, reflexionando sobre las mismas dudas que se habían propuesto al Gobierno y con conocimiento de las peligrosas resultas que podrían dimanar de una operación que no le es privativo formar al Cabildo y corporaciones en el orden social del pueblo que representa, de cuyo beneficio, quietud y tranquilidad sólo debe tratar en circunstancias principalmente de los acontecimientos de la presente revolución y que es propio verificar y ejecutar al mismo Gobierno en unión y acuerdo del ilustre Senado, cuyo derecho no reclamó el Cuerpo y corporaciones en la derrama anterior que verificaron de su superior orden. Después de haber meditado este asunto tan grave con cuantas consideraciones podían tenerse presentes, y después de haber uniformado las corporaciones sus pareceres, acordaron y resolvieron que, concluida la lista de los individuos que deben prestar la contribución hasta en la cantidad que ha podido calcularse, comprendiendo las clases de personas que expresan los oficios del Gobierno, se le pasase con el correspondiente oficio, representándole y pidiéndole la declaratoria de los puntos que contiene el que de este intento se halla copiado en el libro de esta materia, cuya ejecución debe verificarse al tiempo y hora misma de dar punto y conclusión a la comisión. Con lo que y por ser más de las nueve de la noche, se suspendió la sesión para continuarla en las subsiguientes.SESIÓN DE 31 DE JULIO DE 1813.Lista de contribuyentes del empréstito.Reunido el Ayuntamiento y corporaciones en la noche de este día y a las horas acostumbradas en la sala capitular de acuerdos para dar la última mano y conclusión al importante asunto de la comisión a que hacen relación los antecedentes de esta materia, hicieron el último escrutinio y graduación de la contribución en todos aquellos individuos y personas que a proporción de sus haberes podían verificar el empréstito, con arreglo a las ejecutivas órdenes del Excelentísimo Gobierno de diez y nueve de junio, veinte y tres y veinte y nueve de julio del presente año; y revisadas las listas de su formación, la gruesa de la cantidad de dinero calculado, y convencidos de no poderla extender a mayor número, por no encontrar sujetos que deban sufrir la contribución, según el espíritu y especificación de las órdenes del Gobierno, ordenaron los señores, después de haber hecho larga reflexión sobre este delicado asunto, se diese por concluida su comisión y se preparasen las listas o razón que debía pasarse a la Excelentísima Junta, sin que se verificase hasta que el Gobierno mismo las exigiese al Cuerpo para los fines de su resolución, o que las necesidades de la patria pidiesen con mayor urgencia este socorro y auxilio; teniendo las corporaciones en consideración las resultas de la incomodidad y sentimiento que recibiría el pueblo, en que el Cabildo, que debe aspirar por su representación a sólo su alivio, sosiego y tranquilidad, concurriese a imponerle una pensión perjudicial y gravosa, desamparando los fueros y derechos con que debe proteger al público, cuyo temperamento o la suerte de nuestros acontecimientos de la presente guerra evitase tal vez la ejecución de este segundo empréstito. Con lo que y con inteligencia de todos los acuerdos y demás particulares que han obrado sobre esta materia, firmaron esta [sic] acta, en la sala capitular de Santiago de Chile, a 6 de agosto de 1813. Jorge Godoy.- Joaquín de Trucíos.- José Antonio Valdés.- José Antonio de Rojas.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- Pedro Nolasco Valdés.- Antonio Josa de Irisarri.- Isidoro de Errázuriz.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.
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SESIÓN DE 11 DE AGOSTO DE 1813.Jóvenes propuestos para becas de merced.- Juez de Abastos.- Juez de Aguas.En la capital de Santiago de Chile, a once de agosto de mil ochocientos trece, reunido el Muy Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular, y estando en acuerdo ordinario, hicieron traer a la vista las representaciones de los aspirantes a las becas de merced; y habiendo considerado el Ayuntamiento las calidades y circunstancias de los jóvenes pretensores, conforme al reglamento y a las órdenes del Superior Gobierno, acordó se pasasen las propuestas en el modo siguiente: La terna primera, los individuos en el orden que se expresa: en primer lugar a don N. Arlegui; en segundo, a Tagle; en tercero, a Gana. La segunda ocupó el primer lugar el hijo de don Francisco Formas; el segundo, el sobrino de don Francisco Laso, y el tercero, el hijo de don Juan José Concha. Y en la tercera y última se propuso a don José Castillo en primer lugar, y en el segundo a don David Castaño: las que se pasaron, adjuntas las representaciones originales, al Excelentísimo Gobierno con el correspondiente oficio.Asimismo y en vista de haber representado el Juez de Abastos haber desempeñado esta judicatura por más tiempo del que le correspondía, determinó el Cuerpo hacer su provisión en otro señor Regidor, que por uniformidad de pareceres recayó en el Regidor don Miguel de Ovalle.Y, últimamente, debiendo también proveerse la judicatura de aguas, por haber cumplido su término el Regidor don Antonio de Hermida, recayó el nombramiento en el Regidor don José Antonio Valdés para que lo ejerciese por el tiempo que es de costumbre. Con lo que y por no haber habido otra cosa que determinar, concluyeron este acuerdo, firmándolo los señores en el mismo día, a 11 de agosto de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- José Antonio Valdés.- Matías Mujica.- Antonio José de Irisarri. - Miguel de Ovalle.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SEGUNDA SESIÓN DE 11 DE AGOSTO DE 1813.Informe relativo al cura de Ñuñoa.- Solicitud de beca de Fernando Antonio Elizalde.- Prisioneros destinados a la villa de Los Andes.En la ciudad de Santiago de Chile, hallándose en este día los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular y en acuerdo ordinario, vieron un certificado del juez territorial de Ñuñoa, calificativo del exacto cumplimiento de los deberes del cura de aquella doctrina, el que se pasó en informe al Procurador General, y con lo que expuso, hallándolo conforme al reglamento de curas para despacharle el libramiento correspondiente a su asignación, acordó el Cuerpo se le diese el visto bueno.Después se instruyó de una representación de don Fernando Antonio de Elizalde, solicitando ser propuesto en una de las ternas de becas de merced, y su proveído file el siguiente: “Téngase presente para su tiempo, y con respecto a estar ya hechas las propuestas, devuélvase al interesado esta petición para que haga el uso que le convenga”.Últimamente, se vio un oficio del Excelentísimo Gobierno, fecha doce del presente, contestatorio de otro que el Ayuntamiento le pasó sobre los medios de seguridad que debía adaptar en orden a los prisioneros destinados a la villa de Los Andes, e instruido el Cuerpo de su contenido, mandó se archivase. Y no habiendo ocurrido otro asunto que acordar y despachar, firmaron los señores este acuerdo en su sala capitular, a 13 de agosto de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- José Antonio Valdés.- Matías Mujica.- Antonio José de Irisarri.- Miguel de Ovalle.- Doctor Timoteo de Bustamante.SESIÓN DE 14 DE AGOSTO DE 1813.Asignación de sueldo al Secretario.- Prórroga de licencia al Regidor Diego Larraín.- Juan Francisco Larraín renuncia a su vara de Regidor.- Excusas por inasistencia de Pedro Prado.- Renuncia de Joaquín Gandarillas.- Supresión de sueldo al preceptor de minoristas.En la ciudad de Santiago de Chile, hallándose los señores de este Ilustre Ayuntamiento en acuerdo ordinario en su sala capitular, como lo tienen de costumbre, antes de dar principio a sus negocios representó el Secretario del Cuerpo don Timoteo de Bustamante que habiendo procurado desempeñar todos los asuntos de la Secretaría con la mayor dedicación y actividad, sin otro interés que el de emplearse de algún modo en servicio de la patria en las circunstancias que la multitud de negocios y gravísimas atenciones de la guerra llamaban toda la ocupación de los señores y de todo individuo interesado en la defensa de la patria y estabilidad de nuestro sistema; y que teniendo por esta causa abandonados todos sus pequeños negocios, de que pende la subsistencia de su numerosa familia, que no pudiendo sobrellevar con este perjuicio y detrimento por más tiempo el desempeño del pesado despacho de la Secretaría, suplicaba al Cuerpo le eximiese y libertase de este destino, quedando pronto a contribuir con su persona en cualesquiera otros [en] que se le reputase útil. Y habiéndole oído los señores sus justas razones, y cerciorado[s] del exacto desempeño, esmero, dedicación y actividad con que ha evacuado los negocios del Cuerpo, mandaron se retirase para determinar sobre el particular. Y considerando la indispensable necesidad de tener un Secretario de estabilidad, como lo tiene todo Cuerpo, y a fin de que este empleo se sirviese con todo el empeño y arreglo que exigen los asuntos y negocios del Cuerpo, acordó y resolvió que, mediante a la aptitud de dicho Regidor Doctor don Timoteo de Bustamante, se le nombrase, como se le nombraba y elegía, de tal su Secretario, con la asignación por ahora de quinientos pesos, con que se le podrían compensar sus servicios, con la calidad de que reuniese al empleo de Secretario el de contador, pare, revisar y examinar las cuentas que en cada un ano debe rendir el Sota-síndico respectivas a los fondos que percibe de ciudad, quedando al mismo tiempo suprimida la dotación de los cien pesos que se tienen designados para los gastos de Secretaría, con la condición de ser reintegrado de los que hiciese, según la cuenta que presentase; y que para la aprobación de este nombramiento y elección, se diese cuenta al Excelentísimo Gobierno, como así se ejecutó por medio del correspondiente oficio.Luego se vio un oficio del Regidor don Diego Larraín, que el Excelentísimo Gobierno pasó en informe al Ayuntamiento, sobre los motivos de enfermedad que le impedían su asistencia a los acuerdos del Cuerpo, pretendiendo se le prorrogase algún tiempo para poderlo verificar, con respecto a su quebrantada salud; y hecho cargo el Ayuntamiento de sus razones, acordó se informase al Gobierno accediendo a su solicitud; hasta que terminasen las congojas de la patria.Instruido también de la renuncia del Regidor don Juan Francisco Larraín y de los motivos que exponía de no poder desempeñar su empleo por las muchas atenciones, destinos y comisiones en que el Gobierno le tenía empleado, incompatibles con la asistencia y desempeño de su vara; dijeron los señores se informase a la Superioridad accediendo a su renuncia por los motivos justos que en ella representaba.Asimismo dijeron los señores que para poder evacuar con pleno conocimiento de los fundamentos que el Regidor don Pedro Prado exponía en su oficio presentado al mismo Gobierno para no poder ser compelido y obligarlo a su asistencia para evacuar los asuntos del Ayuntamiento del mismo modo que lo deben ejecutar los demás señores, por el privilegio y regalías de su vara, que lo excepcionaba de la asistencia: se pidiese al Excelentísimo Gobierno que dicho Regidor Prado manifestase sus despachos y confirmación de su vara para, con vista de ellos, exponer lo que tuviese por conveniente.Igualmente se vio una representación del Regidor don Joaquín Gandarillas, pretendiendo, asimismo, la renuncia de su vara por no poderla servir y desempeñar con motivo de su frecuente y continua asistencia que tiene en el Canal de Maipo, a cuya importante obra está comisionado por el mismo Superior Gobierno; y considerando el Ayuntamiento las justas razones en que la funda, acordó se informase a la Junta accediendo a su renuncia.A continuación se vio e instruyó el Cuerpo de una representación del preceptor de la [sic] aula de minoristas solicitando el pago de su dotación de los meses últimos que tenía vencidos; y resolvieron los señores que el Sota-síndico don Camilo Gallardo liquidase su cuenta hasta el 9 del presente mes, y que en lo sucesivo no hiciese pago alguno sobre este particular.Y, finalmente, dijeron los señores que, mediante la ausencia que hacía el Alcalde don Jorge Godoy para su hacienda, era preciso se depositase la vara en alguno de los señores del Cuerpo; cuyo nombramiento, por conformidad de pareceres, recayó en el señor Regidor don Isidoro de Errázuriz. Con lo que, no habiendo habido otros asuntos sobre que acordar y determinar, concluyeron su acuerdo, firmándolo los señores en su sala capitular, a 14 de agosto de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- José Antonio Valdés.- Matías Mujica.- Antonio José de Irisarri.- Miguel de Ovalle.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 27 DE AGOSTO DE 1813.Pago de sueldos en el Instituto Nacional.- Proyecto de anfiteatro anatómico.- Empedrado en calle de las Matadas.En la ciudad de Santiago de Chile, hallándose los señores en este día en su sala capitular de acuerdos, y dando a ellos principio hizo leer un oficio del Rector del Colegio de San Carlos, haciendo presente el destine que se había dado por el Excelentísimo Gobierno a las dotaciones con que el Cabildo contribuye para el pago de los ministros de las aulas de latinidad, a consecuencia del establecimiento del Instituto Nacional, y solicitando al mismo tiempo se le previniese la persona de quien debería recibir los sueldos correspondientes a la cantidad de ochocientos treinta y cuatro pesos que montan ambas dotaciones; y los señores, en su contestación, le dijeron que el Sota-síndico era la persona destinada para este pago, que debería ejecutar por tercios de año.Asimismo se personó al Muy Ilustre Ayuntamiento el Administrador de la Aduana don Manuel Manso, como comisionado por el Excelentísimo Gobierno para el establecimiento y formación del anfiteatro anatómico que se trata [de] organizar, e hizo presente a los señores la indispensable necesidad que había de que con sus esfuerzos y como un representante y padre de la patria propendiese a la ejecución de una obra tan importante, útil y benéfica al público, y que se dignase contribuir con alguna pensión anual para su fomento y establecimiento, y los señores, para poder determinar en el particular lo más conveniente a esta solicitud, le hicieron presente sería el medio más oportuno y acertado formase un plan que manifestase las consideraciones y gastos que había de causar dicho establecimiento de anfiteatro anatómico, para con su conocimiento y mejor meditación, tomar la resolución que fuese propia de sus facultades, quedando dicho administrador de verificarlo.
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SESIÓN DE 3 DE SEPTIEMBRE DE 1813.Nombramiento de Regidor interino a Matías Mujica para que reemplace a Nicolás Matorras.- Cuentas pedidas al Cabildo y formalidades con que debe tratársele por la Corte de Apelaciones.- Solicitud de Antonio Baraínca.En la ciudad de Santiago de Chile, reunido el Muy Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular y hallándose en ella don Matías Mujica, quien, a propuesta de este Ilustre Ayuntamiento, aprobó el Excelentísimo Gobierno el nombramiento que en su persona se hizo de Regidor interino, subrogando el hueco del finado don Nicolás Matorras, para efecto de ser recibido y posesionado en este empleo, mandaron los señores se le recibiese el juramento de fidelidad, y habiéndolo prestado con todas las formalidades acostumbradas, se le dio la posesión de dicho empleo, quedando por concluido este acto.En seguida se vio el expediente que el Ilustre Ayuntamiento entabló ante el Excelentísimo Gobierno sobre aprobación de la dotación designada al Capellán que debe servir en la cárcel, y que el Tribunal de Apelaciones dirigió al Cuerpo pidiéndole informe sobre el estado de los fondos de propios y su inversión: notando el Ayuntamiento la poca dignidad y política con que se le miraba y trataba, y los términos irregulares con que se le dirigió el expediente por el conducto del escribano y sin acompañarlo con el oficio de estilo, correspondiente a la dignidad y alta representación que ejerce; acordaron los señores que era preciso en tiempo no permitir este procedimiento y abuso, en desdoro de los fueros y privilegios del Cuerpo, para que en lo sucesivo se le tratase con toda la atención que se merece, y en su virtud dictó el decreto del tenor siguiente: “El Tribunal de Apelaciones hable con el Muy Ilustre Cabildo con la dignidad que este Cuerpo se merece y por el conducto que corresponde”.Y, últimamente, se vio una representación de don Antonio Baraínca, pretendiendo ante la Excelentísima Junta se le permitiese levantar unos molinos en la caja del río, sobre que la Junta pidió informe al Ilustre Ayuntamiento, y para evacuarlo acordó corriese en traslado con su Procurador General: con lo que y siendo ya la hora acostumbrada de retirarse, concluyeron este acuerdo, firmándolo en su sala capitular, a 3 de septiembre de 181 3. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- Matías Mujica.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- Miguel de Ovalle.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 7 DE SEPTIEMBRE DE 1813.Oficio al Gobierno para erogación destinada al anfiteatro anatómico.- Nombramiento de un Cabo de alguacilesEn la ciudad de Santiago de Chile, hallándose en acuerdo ordinario el Muy Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular y a las horas que lo tiene de costumbre, dando principio a sus negocios se instruyó del expediente del Administrador de Aduana solicitando que el Cabildo le auxilie y contribuya por una vez con mil pesos para el establecimiento del anfiteatro anatómico, cuya comisión le tiene conferida el Excelentísimo Gobierno, con lo que sobre el particular expuso su Procurador General accediendo a que del ramo de balanza se le franquease dicha cantidad, proveyó el siguiente decreto: “Devuélvase al señor comisionado con oficio, para que haga su gestión ante el Excelentísimo Gobierno, como opina el Procurador General en su anterior informe, que aprueba el Ayuntamiento”.Y, últimamente, habiéndose instruido de un oficio del señor Juez Mayor de Policía presentado al Excelentísimo Gobierno, pidiendo el remate de los abastos y manutención de los presidiarios, de que el mismo Gobierno ha pedido informe al Ayuntamiento; acordaron los señores que para evacuarlo se oyese a su Procurador General, y enseguida se procediese al nombramiento de la plaza de Cabo de alguaciles, que [se] hallaba vacante; y habiéndose enterado de los individuos que pretendían este destino y del mérito y aptitud de cada uno de ellos para el buen desempeño de dicha plaza, se procedió a la votación, que recayó por pluralidad de votos en la persona de Tomás Gómez. Con lo que y por no haber habido otra cosa que determinar, siendo ya la hora acostumbrada de retirarse, se cerró este acuerdo, que firmaron los señores en su sala capitular, a 7 de septiembre de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- Matías Mujica.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- Miguel de Ovalle.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 1813.Dudas sobre orden del Gobierno relativa a arbitrar la formación de un cuerpo de mil hombres.El Muy Ilustre Ayuntamiento de la capital de Santiago de Chile, hallándose reunido en su sala capitular, y en acuerdo ordinario, recibió un pliego cuyo tenor es el siguiente: ”Hoy proveyó la Junta lo siguiente: “Dígase al Ilustre Cabildo que dentro del perentorio término de tres días improrrogables proponga arbitrios para que por sólo tres meses y entre las personas pudientes se costee un cuerpo de mil hombres de infantería con sus gastos de campaña, ya sea por rateo de soldados, o ya de auxilios pecuniarios”. Cópiase a US. para su puntual cumplimiento.- Dios guarde a US. muchos años.- Sala de Gobierno, 8 de septiembre de 1813”. El Ayuntamiento, a pesar de la indispensable necesidad del riesgo tan inminente en que mira a la patria y al reino por los enemigos que lo invaden y de ser precise tomar arbitrios que la defiendan; conoció la gravedad y delicadeza de este asunto, que le ofrecieron dudas que le embarazaban el cumplimiento ejecutivo de esta orden, y para proceder con el acierto que desea, acordó se le propusiesen al Excelentísimo Gobierno para su esclarecimiento, cuya contestación, y por no haber habido tiempo de dejar una copia literal, por la urgencia y prontitud con que se ejecutó, se redujeron a las siguientes: 1ª. Si al Cabildo corresponde imponer contribuciones, contra lo que sanciona el Reglamento Constitucional; 2ª. Si los mil hombres han de ser nuevamente creados, o si se termina a sostener este número en las tropas ya formadas; 3ª. Si la contribución ha de ser comprensiva a sólo la capital, o extensiva también a los lugares y provincias de fuera, y en este caso que número se designe a la capital; y la 4ª, que no teniendo el Cabildo instrucciones y conocimientos militares, no puede regular el monto de los gastos que causen en la campana en los tres meses que designa el Gobierno sin tener un presupuesto de ellos; y habiéndose así contestado a la Excelentísima Junta, se cerró el acuerdo, que firmaron los señores en su sala capitular, a 10 de septiembre de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José Antonio Valdés.- Miguel de Ovalle.- Matías Mujica.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 1813.Solicitud de Francisco Bacigalup.- Cancha de bolas del presbítero Juan Ulloa.- Molino.En la ciudad de Santiago de Chile, hallándose reunido el Muy Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular y en acuerdo ordinario, como lo tiene de costumbre, se vio el expediente que agita don Francisco Bacigalup, Teniente de abastos, sobre cobro del peso que mensualmente debe contribuirle el gremio de panaderos; e instituido de su mérito, dictó el siguiente decreto: “Pase este expediente al Juez de Abastos para que haga cumplir y ejecutar el decreto de fs. 8 vuelta de 30 de octubre de 1812”.Y, últimamente habiéndose leído dos escritos, el uno del presbítero don Juan de Ulloa, y otro de don José Antonio Baraínca, el primero pretendiendo la libertad de contribución de derechos de una cancha de bolas que el Teniente alguacil don Francisco Olivera le había suspendido; y el segundo, permiso para construir un molino en la ribera del río, acordó que sobre la pretensión de Ulloa se oyese a su Procurador General; y en la de Baraínca se reprodujese el informe que había producido el indicado Procurador. Y no habiendo otra cosa que de terminar, se cerró este acuerdo, que firmaron los señores en su sala capitular, a 14 de septiembre de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José Antonio Valdés.- Miguel de Ovalle.- Matías Mujica.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 1813.Causa por deslindes entre el Carmen de San Rafael y Ambrosio Gómez.- Informe sobre fábrica de paños.- Solicitud de Manuel Mena.En la ciudad de Santiago de Chile, estando el Muy Ilustre Ayuntamiento congregado en su sala capitular, como lo tiene de costumbre, y dando principio a su acuerdo ordinario con el expediente que se agita entre Ambrosio Gómez y el Carmen de San Rafael sobre derecho las tierras en que el primero tiene construido su molino y casas, acordaron que mediante a que de los autos resultaba que dicho terreno no era perteneciente a propios de ciudad, se reprodujese el acuerdo de fs. 60, en conformidad del informe del agrimensor, que corre a fs. 65, y que el Tribunal de Apelaciones declarase por no parte al Cabildo en este asunto, y que el Sota-síndico, de propios de ciudad, devolviese el canon que anteriormente hubiese percibido, correspondiente al principal de dicho terreno.Luego se vio un expediente promovido por don José Iglesias ante el Excelentísimo Gobierno, solicitando licencia y auxilios para levantar una fábrica de paños para el consumo de las tropas y del país, de cuya pretensión pidió el Gobierno informe al Cabildo; y habiendo meditado la entidad de este negocio y las dificultades o tropiezos que podrían embarazar y realizar las propuestas y condiciones del proyectante, acordaron los señores que para producir dicho informe con mejores luces y conocimiento de la materia, se oyese a su Procurador General, y al efecto se le comunicó el correspondiente traslado.Y, finalmente, habiéndose visto un escrito de don Manuel Mena, solicitando venía para formar un alojamiento en el puente de Maipo, con respecto a que don José Vera por mucho tiempo no pagaba el canon de su estipulación, a cuyo fin presentaba boleto de fianza, otorgado por don José Antonio Cañas, cuyo asunto se había girado y resuelto ante el Excelentísimo Gobierno, se dictó el siguiente decreto: "Por presentado el boleto de fianza, y para proveer, vengan los antecedentes que se anuncian”. Con lo que se cerró este acuerdo, firmándolo los señores en su sala capitular de Santiago, a 28 de septiembre de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- Miguel de Ovalle.- Matías Mujica.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.
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Igualmente se trató de la ausencia del Juez de Aguas don José Antonio Valdés, y que, siendo un asunto tan interesante y cuya falta podría causar no pequeños perjuicios a los hacendados y al despacho de su judicatura, acordó el Ayuntamiento se hiciese interino nombramiento durante su ausencia, el que recayó en el señor Regidor don Tomás Vicuña. Con lo que se concluyó el acuerdo, firmándolo los señores en su sala capitular, a 29 de octubre de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José Antonio Valdés.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretarioSESIÓN DE 1º DE OCTUBRE DE 1813.Cuentas del Director de obras Públicas.- Sitio en el Tajamar.- Representación del Juez Mayor de Policía.En la ciudad de Santiago de Chile, hallándose reunido el Muy Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular, como lo tiene de costumbre, se vio un expediente del Director de Obras Públicas don Luis de Santa María, en que presentaba las cuentas de gastos de la compostura de los puentes de la Cañadilla, que se le había comisionado, solicitando su aprobación; y para su examen y revisación [sic], se nombró al señor Regidor don Matías Mujica.Al mismo tiempo se vio un expediente promovido por don Mariano Prado sobre derecho a un sitio en el Tajamar, y se comunicó traslado al Procurador General de ciudad.Y, últimamente, se relacionó una representación del ser Juez Mayor de Policía, con el informe producido por el señor Procurador General; y resolvieron los señores que, con respecto a anunciarse la pérdida del expediente de la subasta de la manutención de presidiarios y de hallarse tomada razón de las condiciones del remate en la Tesorería de Ejército; se pidiese al Gobierno se le mandase dar por sus ministros una copia de ellas para evacuar el informe que sobre el particular se le había pedido. Con que, y no habiendo otra cosa que determinar, se concluyó el acuerdo, firmándolo los señores en su sala capitular, a 1º de octubre de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- Miguel de Ovalle.- Matías Mujica.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 8 DE OCTUBRE DE 1813.Redención de censos.- Manutención de presidiarios.- Sueldos de cuatro corchetes.Leído el anterior acuerdo y firmado por los señores que en este día asistieron, se mandó leer un pedimento del Doctor don Ramón de Silva Bohórquez acompañando un boleto de consignación del Sota-síndico de ciudad don Camilo GaIlardo del principal de 25 pesos y réditos vencidos, que reconocía en su casa, pretendiendo la cancelación de la escritura; y [sic] instruido el Cuerpo de su pretensión, decretó lo siguiente: “Santiago y octubre 8 de 1813. Por presentado el boleto de consignación del principal y réditos que se expresa, el Sota-síndico de ciudad cancele la escritura a que se refiere, y hágase saber al interesado”.En seguida se relacionó el expediente promovido por el Juez Mayor de Policía sobre el remate de la manutención de presidiarios, y en atención a que la escritura del que hizo don Fernando Cañol se había perdido y que en la Tesorería General debía haber constancia de este documento, acordó el Cuerpo se pidiese una copia de las condiciones con que se verificó, y agregada al expediente, se devolviese al Superior Gobierno para que, en vista del informe pedido, resolviese lo que estimase justo y conveniente.Y, por último, habiéndose visto el expediente sobre el pago que debía hacerse del sueldo a los cuatro corchetes mandados aumentar por el Superior Gobierno y sobre que pidió informe al Ayuntamiento, para evacuarlo acordó oír a su Procurador General, comunicándole traslado sobre el particular. Con lo que se cerró el acuerdo, por no haber habido otra cosa que determinar y por ser la hora acostumbrada de retirarse, firmándolo en su sala capitular los señores, a 8 de octubre de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- Miguel de Ovalle.- Matías Mujica.- Doctor Timoteo Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 12 DE OCTUBRE DE 1813.Molino en el río Mapocho.- Remate de la manutención de los presidiarios.Visto el anterior acuerdo y firmado por los señores que lo compusieron, se dio principio al de este día por los que asistieron, mandando se relacionase el expediente de don Mariano Prado, sobre obtener licencia para construir y levantar un molino en un sitio en la caja del río; y habiéndose instruido de las razones con que el Procurador General de Ciudad produjo su informe, el Ayuntamiento lo reprodujo.Y, sucesivamente, se vio el expediente sobre el pago del sueldo de los cuatro corchetes mandados aumentar, y el Ayuntamiento reprodujo el informe que sobre el particular vertió su Procurador General, hecho cargo de su mérito y de las razones que exponía: cuyo acto se concluyó por no haber habido otro asunto que determinar, cerrándose este acuerdo, que firmaron los señores en su sala capitular, 12 de octubre de 1813.Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- Miguel de Ovalle.- Matías Mujica.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 15 DE OCTUBRE DE 1813.Expediente de Francisco Bacigalup.- Licencia para fábrica de paños.Reunido el Ayuntamiento en este día y leído el precedente acuerdo, dieron principio a su despacho ordinario mandando se leyese el expediente agitado por don Francisco Bacigalup, Teniente del Juez de Abastos, contra el panadero don Miguel Fierro sobre cobranza de ciertos derechos que le adeudaba. Y para resolver el asunto, proveyó el Ayuntamiento informase el Juez de Abastos.Y habiéndose, por Último, instruido del informe que produjo el Procurador General de Ciudad en el expediente promovido por don José Iglesias sobre obtener licencia del Superior Gobierno y fomentos para erigir y sostener una fábrica de paños para el vestuario de las tropas de la capital, con obligación de enseñanza e instruir en sus conocimientos a las gentes del campo, en beneficio del adelantamiento de la población en una obra que le es tan benéfica a interesante; el Ayuntamiento reprodujo dicho informe de su Procurador General, mandando se pasase el expediente al Superior Gobierno para su resolución, a consecuencia del pedido al Cabildo; habiéndose concluido este acuerdo por ser la hora acostumbrada de retirarse, dejándolo firmado los señores que lo compusieron, en su sala capitular, a 15 de octubre de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- José Antonio Valdés.- Matías Mujica.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 19 DE OCTUBRE DE 1813.Nueva elección de regidores.- Oficio del Juez de Abastos.- Expediente de Manuel Mena.- Clausura de cancha de bolas.Instruido el Ayuntamiento en este día de su anterior acuerdo para continuar los sucesivos y el despacho de sus negocios, mandaron los señores se diese principio al presente abriéndose por su secretario un pliego del señor Gobernador Intendente, contestatorio del que el Ilustre Cabildo le había pasado sobre nueva elección de regidores, por acercarse y estar próximo el tiempo en que debían concluir los presentes, previniendo el Cuerpo había dado cuenta a la Excelentísima Junta, y que ínterin no hubiese contestación y su determinación, debía el Ayuntamiento suspender toda providencia concerniente a este particular.En seguida se vio un oficio del Juez de Abastos, quejándose de que el Juez Mayor de Policía se había entrometido en actos de su privativa jurisdicción en la aprehensión de unos vendedores, y pidiendo que el Cuerpo debía sostenerle en sus fueros y regalías; y el Ayuntamiento, para tomar conocimiento de un asunto tan delicado, por embeber las respectivas jurisdicciones, proveyó: “Informe el señor Juez Mayor de Policía con la prontitud que pide el asunto, y acompáñesele esta representación con el correspondiente oficio”.Luego se relacionó un expediente de don Manuel Mena en que presentaba un boleto de fianza otorgado por don José Antonio Cañas para proceder a la hospedería del puente de Maipo a que estaba obligado el inquilino don José Vera, en que se hallaba descubierto; y con vista de las providencias de que hacía mérito en su pedimento, proveyó el Ayuntamiento el auto siguiente: “Vistos: con los antecedentes de que se hace mérito, y resultando de ellos, por auto de 29 de mayo de [1]811, a fs. 101, confirmado por el de 29 de julio de [1]813, que don Manuel Mena es obligado a mantener hospedería en el puente de Maipo, con calidad de fianza a satisfacción del Ilustre Cabildo; admítese la que ha ofrecido con don José Antonio Cañas, y otorgándole en forma, proceda al cumplimiento y ejecución de dicha hospedería en virtud de las referidas providencias, devolviéndosele el expediente para los fines que indica”.Y, últimamente, se vieron los autos que agitaba al presbítero don Juan Ulloa sobre que se le exonerase de la satisfacción del canon de una concha de bolas; y enterado el Cuerpo de su mérito, y de lo que exponía el comisionado del ramo resolvió el Ayuntamiento que para evitar las continuas desavenencias entre uno y otro y el público desorden que se observaba en dicha cancha, se suspendiese y demoliese. Con lo que se concluyó el acuerdo, firmándolo los señores en su sala capitular, a 19 de octubre de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José Antonio Valdés.- Miguel de Ovalle.- Matías Mujica.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 26 DE OCTIIBRE DE 1813.Repartimiento de aguas de Renca.Leído el precedente acuerdo, dieron principio los señores del Ayuntamiento a su despacho mandando se leyese una representación de don Francisco Prats, por sí y a nombre de los chacareros del partido de Renca, sobre los perjuicios que experimentan en el repartimiento de las aguas en sus turnos, por la desigualdad con que se les reparte respecto de la cantidad que logran los de arriba; pidiendo que el Ilustre Cabildo, como interesado en el bien público, la elevase al Gobierno esforzando su justo reclamo; y para ejecutarlo acordó el Cuerpo se oyese al Juez de Aguas, cuyo decreto fue el siguiente: “Pase en informe al Juez de Aguas”. Con esto se concluyó el presente acuerdo, y lo firmaron los señores, en su sala capitular, a 26 de octubre de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José Antonio Valdés.- Matías Mujica.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 29 DE OCTUBRE DE 1813.Reemplazo de Asesor y Abogado del Cabildo.- Interinato de Juez de Aguas.Habiéndose leído en este día el anterior acuerdo para continuar los siguientes, y dando principio a ellos se representó que el Asesor y Abogado del Ilustre Cabido Licenciado don Silvestre Laso había pasado al despacho de la Secretaría de Gobierno y que, por tanto, era preciso nombrar otro que subrogase su falta, cuyo nombramiento recayó en la persona de don José María Villarreal.
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SESIÓN DE 5 DE NOVIEMBRE DE 1813.Representación del cura de La Calera.- Solicitud de un miliciano.- Denuncios de terrenos de propios en el cerro Santa Lucía.- Repartición de aguas en Renca.Reunido el Muy Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular, corno lo tiene de costumbre, y habiendo mandado leer el anterior acuerdo para continuar el de este día, se leyó una representación del cura de La Calera don Francisco Soloaga, pidiendo se le expidiese el visto bueno en conformidad del reglamento, para en su virtud poder percibir la asignación que le está hecha; y habiendo oído al Procurador General de ciudad, y expuesto estar calificada su solicitud, proveyó el Ayuntamiento el visto bueno.En seguida se relacionó un escrito de Francisco Roco, soldado miliciano, pretendiendo ante el Gobierno que, en atención a sus servicios y a su notoria pobreza, se le agraciase la contribución que hacía del canon de una cancha, o que, a lo menos, se le rebajase la cuota estipulada, a la de diez pesos al año; sobre que habiendo pedido informe al Gobierno para evacuarlo, proveyó el Ayuntamiento: “Santiago y noviembre 5 de 1813. Traslado al Procurador General de ciudad”.En continuación se vio un escrito de don Manuel Alén, denunciando por de ciudad el terreno en que tiene edificadas unas casas y cancha de bolas en la esquina del cerro nombra de Santa Lucía que se le tiene arrendado; y el Ayuntamiento, para esclarecer su derecho proveyó lo siguiente: “Santiago y noviembre 5 de 1813. Traslado al Procurador General de ciudad; y a fin de que funde y deduzca el que corresponda sobre el terreno que se denuncia, el Sota-síndico pásele la razón o lista de los terrenos que se reconozcan por de ciudad, y sus censos”.Y, últimamente, habiéndose relacionado el expediente que trata agitar don Francisco Prats por sí y a nombre de los dueños e interesados de las fincas del partido de Renca, sobre el perjuicio que experimentan sobre el repartimiento que se les hace de las aguas en turno, por la desigualdad con que se les hace respecto de las demarcaciones de los hacendados de arriba, proveyó el Ilustre Ayuntamiento el decreto siguiente: “Pásese al Superior Gobierno con el correspondiente oficio, según lo acordado; con lo que concluyó su acuerdo, firmándolo los señores que a él asistieron, en su sala capitular de Santiago de Chile, a 5 de noviembre de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José Antonio Valdés.- Matías Mujica.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 9 DE NOVIEMBRE DE 1813.Solicitud de los padres de San Juan de Dios.- Petición del subastador de la plaza de abastos.- Petición del miliciano Francisco Roco.Habiéndose convocado el Ilustre Ayuntamiento, como lo tiene de costumbre, en su sala capitular para la expedición de sus negocios, y habiendo mandado se leyese el precedente acuerdo, hizo en seguida se leyese un oficio de los Reverendos Padres del Convento de San Juan de Dios, pidiendo que el Ilustre Ayuntamiento le hiciese toda la recomendación y protección que exigía para ante el Gobierno, para que por este medio se continuase la retardada obra de su iglesia, como tan interesante y benéfica al bien público; de que instruido el Cabildo, dictó la providencia siguiente: “Santiago y noviembre 9 de 1813. Remítase al Superior Gobierno con el oficio de estilo”.Sucesivamente, se leyó una petición del subastador de la plaza de abastos, reclamando el perjuicio que experimentaba en el cobro de los derechos de su remate por habérsele quitado el ministro que lo auxiliaba, por la práctica y conocimiento que ha adquirido en este ejercicio, y que, así, se le repusiese, porque de otro modo, se hallaría en descubierto y no podría cumplir con la calidad de su subasta, de que instruido el Ayuntamiento, proveyó el decreto siguiente: “Santiago y noviembre 9 de 1813. Por las razones que se expresan, el Cabo de alguaciles pasará a casa del prefecto don José María Ugarte, y en lugar del corchete Santiago Peña, subrogará otro, y aquél lo destinará para que auxilie el cobro de los derechos de abastos, en cuyo ejercicio estaba ocupado”.Sucesivamente, se instruyó el Cuerpo de una representación de Francisco Roco, soldado miliciano, sobre exoneración del canon de una cancha de bolas, en que habiendo oído al Procurador General de ciudad para expedir el informe pedido por el Superior Gobierno, reprodujo el Cuerpo lo que sobre este asunto fundó su parecer. Con lo que, y no habiendo habido que acordar, firmaron este acuerdo los señores que a él asistieron, en su sala capitular, a 9 de noviembre de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José Antonio Valdés.- Matías Mujica.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 12 DE NOVIEMBRE DE 1813.Queja del subastador de nievería.- Denuncia de terrenos por el Procurador.- Cuentas de la Abadesa de las Claras.- Escrito de Miguel Fierro.En la ciudad de Santiago de Chile, hallándose reunido en este día el Muy Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular como lo tiene de costumbre, y dando principio a su acuerdo ordinario hizo se leyese una representación del ramo de nievería don Rafael Díaz de Alderete, quejándose del Regidor don Miguel de Ovalle, por el hecho de haberle arrestado a un dependiente y puéstole en el cepo, por haberle resistido la ración de nieve, sobre cuyo particular el Gobierno pedía informe al Cabildo; e instruido de ella y para evacuarlo, comunicó traslado al Procurador General.En seguida se leyó una representación del Procurador General, denunciando por terreno de la ciudad una calle que hay cerrada en el Monasterio del Carmen Alto; y para esclarecer este derecho, acordó oír a su Abadesa y Síndico, y al efecto le comunicó traslado.Luego se vieron las cuentas presentadas por la Abadesa del Monasterio de Santa Clara de la nueva fundación, de los gastos impendidos en la compostura y refacción de la cañería del pilón de la cárcel; y para su examen y revisación [sic] se comisionó por el Cuerpo al señor Regidor don Matías Mujica.Y, por último acto del acuerdo, se vio un escrito de apelación de don Miguel Fierro, en los autos que contra él sigue don Francisco Bacigalup por cobranza de pesos, a la que proveyó el Ayuntamiento “No ha lugar”. Con lo que, y por ser la hora acostumbrada de retirarse, concluyeron su acuerdo los señores, que firmaron en su sala capitular, a 12 de noviembre de 1813. Joaquín de Trucíos.- Ignacio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José Antonio Valdés.- José María de Rozas.- Matías Mujica.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 16 DE NOVIEMBRE DE 1813.Nombramientos de Juez de Aguas y Juez de Abastos.- Creación del empleo de Secretario del Cuerpo.- Libramiento en favor del hospital de San Juan de Dios.- Anfiteatro anatómico.- Terrenos del cerro Santa Lucía.- Raciones de nieve.En la ciudad de Santiago de Chile, a 16 de noviembre de 1813, convocado el Ayuntamiento en su sala capitular para la expedición y resolución de sus negocios, trató sobre nombramiento de Juez de Aguas y Abastos, con respecto a tener cumplido el tiempo los señores regidores que ejercían estas judicaturas, y en su lugar y por la votación solemne que para el caso hicieron, recayó el nombramiento de la primera en el Regidor don Tomás Vicuña, y la segunda en don Matías Mujica, mandando se les pusiese en su noticia por oficio de Secretaría para que desempeñasen sus ministerios.Luego se vio el expediente que se había formado sobre creación y nombramiento del empleo de secretario del Cuerpo, en que por el Tribunal de Apelaciones se pedían para su resolución y aprobación de la dotación que se le imponía las cuentas de administración de propios, y el Ayuntamiento ordenó se pidiesen al Sota-síndico mayordomo y se pasasen al expresado Tribunal.Sucesivamente, se vio un oficio del Protector de San Juan de Dios en que pedía se le mandasen librar los 500 pesos asignados a dicho Hospital, y el Ayuntamiento en su consecuencia ordenó se le contestase y expidiese el libramiento para que el Sota-síndico lo cubriese del ramo de nievería, a donde está destinada la expresada cantidad, dándole la inversión que tuviese por más urgente y oportuna.A continuación se instruyó el Ayuntamiento de un oficio de don Manuel Manso, comisionado para el establecimiento del anfiteatro anatómico, requiriendo al Cuerpo por los mil pesos que del ramo de propios se asignaban para este objeto: y los señores, cerciorados por las cuentas que el Sota-síndico mayordomo había presentado del año anterior, que no resultaban existencias y sobrantes de que poder echar mano para la entrega de esta cantidad para cumplir con la satisfacción de la contribución, determinaron se le contestase insertándole el oficio que el Cabildo tenía pasado al Superior Gobierno representándole la carencia de fondos, y que de los sobrantes que resultasen de la colección de propios en el presente año se haría la contribución, para cuyo fin, con vista de las cuentas, lo pondría en consideración del mismo Gobierno, y así se ejecutó, según consta del libro de oficios.Luego se vio el expediente que agita don Manuel Alén sobre el denuncio del terreno en que tiene sus edificios en la esquina del cerro, calle de la Merced, y enterado de su estado y para darle toda la sustanciación que exige su resolución, proveyó el siguiente decreto: “Santiago, y noviembre 16 de 1813. El escribano del Cabildo saque testimonio de la escritura que se pide, y hecho, páselo con el expediente de la materia al Procurador General para que pida lo conveniente y esclarezca el derecho que tenga el Cabildo en el terreno denunciado”.Y, últimamente, mandaron los señores se viesen los autos promovidos por el subastador del ramo de nievería contra el regidor don Miguel de Ovalle por el arresto que le causó a un dependiente por haberle resistido la contribución de la ración de nieve como a Regidor; e impuesto de su estado y de la contestación que el Procurador General hacía sobre el particular y consideraciones que el Cuerpo tuvo presentes, acordó se reprodujese su informe, se diese cuenta al Gobierno, añadiendo que el regidor don Matías Mujica había entrado en el lugar del finado don Nicolás Matorras, y que don Joaquín Tocornal había completado el número de los doce regidores que fueron nombrados, de que resultaba que las raciones de nieve que debían contribuirse sólo eran respectivas a los regidores Doctor don Timoteo de Bustamante y don Miguel de Ovalle; y habiéndose ejecutado lo dispuesto por los señores, concluyeron su acuerdo, firmándolo en su sala capitular, a 16 de noviembre de 1813. Ignacio Valdés.- Matías Mujica.- José María de Rozas.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 19 DE NOVIEMBRE DE 1813.Nombramiento de nuevos alcaldes y Procurador.- Nombramiento de Juez de Aguas.- Apertura de un callejón.- Refacción de la pila de San Isidro.- Reparaciones en la iglesia de la Compañía.En la ciudad de Santiago de Chile, a 19 de Noviembre de 1813, hallándose reunido en su sala capitular el Muy Ilustre Ayuntamiento para tratar de los asuntos inherentes a su instituto, mandaron se leyese el anterior acuerdo, y orientados de lo que habían acordado, dieron principio a su despacho instruyéndose de un oficio del Superior Gobierno que en este día recibió, en que decretaba que por las circunstancias del día y otras consideraciones que pedían por ahora la permanencia del actual Cabildo, no se procediese en el presente año a otras elecciones que a sólo la de los alcaldes y la del Procurador General de Ciudad, hasta tanto se resolviese sobre el particular lo conveniente.En seguida vióse una representación del Regidor don Tomás Vicuña en que renunciaba el nombramiento de Juez de Aguas que se le había hecho, por ser imposible desempeñar una judicatura tan recomendable y que debe llamar toda la atención del que la ejerce, a causa de las importantes comisiones en que se halla entendiendo de orden del Superior Gobierno y debe evacuarlas fuera de la ciudad, cuya falta traería perjuicios y algún desorden si la confiase a sólo los brazos auxiliares del Juzgado. Y los señores, considerando justas las razones en que fundaba su renuncia, nombraron unánimemente en su lugar al Regidor secretario Doctor don Timoteo de Bustamante por tal Juez de Aguas para que desde este día entrase a ejercer las funciones del empleo y tomase las providencias más oportunas para el arreglo de la distribución de las aguas.Luego se vio el expediente iniciado por el Procurador General de Ciudad sobre un callejón que se nota cerrado en el Monasterio del Carmen Alto, denunciándolo como terreno de ciudad; y [sic] instruido el Ayuntamiento de la contestación de dicho Monasterio, proveyó el siguiente decreto: “Visto este expediente y en atención a las excepciones opuestas por el Monasterio, pásese al Superior Gobierno para su resolución, acompañándolo con el correspondiente oficio”.Sucesivamente, se instruyó el Cuerpo de una representación del cura y vecindario de la parroquia de San Isidro, pretendiendo la refacción y compostura de la pila que provee de agua [a] aquel vecindario, y para su resolución acordaron los señores oír a su Procurador General de Ciudad, comunicándole al efecto el correspondiente traslado.Y, finalmente, se vio otra representación de don José Ignacio Arangua, como mayordomo de la iglesia de la Compañía, pretendiendo se le hiciese la contribución de cien pesos anuales para las refacciones de la torre, y para el fomento de los gastos y auxilios de aquel templo. Y los señores acordaron se oyese al Procurador General; con lo que se concluyó el acuerdo, que firmaron en su sala capitular, a diez y nueve de noviembre de mil ochocientos trece. Matías Mujica.- Ignacio Valdés.- José Antonio Valdés.- Antonio José de Irisarri.- José María de Rozas.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 23 DE NOVIEMBRE DE 1813.Reparaciones en la iglesia de la Compañía.- Pila de San Isidro.- Solicitud del llavero de la cárcel.En la ciudad de Santiago de Chile, a veinte y tres de noviembre de mil ochocientos trece, hallándose reunido el Muy Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular, como lo tiene de uso y costumbre, para dar expedición los asuntos y negocios de su instituto; y dando principio a su despacho, hizo se leyese el expediente que agita el mayordomo de la iglesia de la Compañía sobre asignación de cien pesos anuales para la refacción de la torre y demás gastos del templo para sostener el culto. Y [sic] instruido de su mérito y de lo expuesto por el Procurador General de Ciudad, acordó se reprodujese su informe.Luego se relacionó el expediente promovido por el Párroco y vecindario de San Isidro sobre habilitar y poner expedita la pila para el abastecimiento de la agua aquel vecindario. Y con conocimiento del informe del Procurador General, resolvió se reprodujese.Y, últimamente, se instruyó de los autos agitados por Francisco Romero, llavero que ha sido de la cárcel, sobre que por sus méritos de servicio y atendiendo a su ancianidad, se le premien con alguna asignación para proporcionar su subsistencia y socorrer sus necesidades. Y el Ayuntamiento, para resolver sobre su solicitud, determinó oír a su Procurador General, comunicándole traslado. Con lo que, y por no haber otra cosa qué tratar, y ser la hora ya de retirarse, concluyeron su acuerdo, que firmaron los señores en el mismo día de esta fecha. José Antonio Valdés.- Matías Mujica.- Ignacio Valdés.- José María de Rozas.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 26 DE NOVIEMBRE DE 1813.Solicitud del llavero de la cárcel.En la ciudad Santiago de Chile, a veinte y seis de noviembre de mil ochocientos trece, hallándose reunido el Muy Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular para expedir los negocios pendientes, y siendo uno ellos el expediente de Francisco Romero, llavero que fue de la cárcel, sobre asignación de sueldo, e instruidos los señores de su estado y del informe de su Procurador General, resolvieron se reprodujese y pasasen los autos al Superior Gobierno para su resolución, y que aprobase la asignación que a este interesado se le señalaba de dos pesos mensuales en premio de su servicio y con que pudiese subsistir, atendiendo a su avanzada edad. Con lo que concluyeron este acuerdo, que firmaron los señores que a él asisten en el día de la fecha. José Antonio Valdés.- Matías Mujica.- Ignacio Valdés.- José María de Rozas.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.
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3º. Que el actual secretario Doctor don Timoteo de Bustamante no pudiese ser removido mientras no hubiese una justa causa que obligase al Cuerpo a privarle del empleo, reservándose el Ayuntamiento verificar a su voluntad el nombramiento o elección de otro Secretario. Con lo cual concluyeron este acuerdo, que firmaron en el día de la fecha. [Faltan las firmas].SESIÓN DE 1º DE DICIEMBRE DE 1813.Licencia al Alcalde Jorge Godoy.En la ciudad de Santiago de Chile, a primero de diciembre de mil ochocientos trece, hallándose los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento reunidos en su sala capitular, como lo tienen de costumbre, hizo presente el señor Alcalde don Jorge Godoy se le permitiese salir por pocos días a su hacienda de campo para dar ciertas disposiciones relativas a sus negocios, con el objeto de reparar los perjuicios que le amenazaba su falta, y que en el entre tanto la supliese alguno de los señores en quien se depositase la vara, para que el público no experimentase perjuicio: y el Muy Ilustre Ayuntamiento, hecho cargo de las razones que produjo, le permitió dicha licencia, nombrando entre tanto en su lugar al señor Regidor don Ignacio Valdés para el ejercicio de sus funciones. Con lo cual, y habiéndoseles hecho presente [por] su Regidor secretario que por ahora no había otro asunto que poder determinar, concluyeron este acuerdo que firmaron los señores que se hallaron presentes en el día de la fecha. José Antonio Valdés.- Matías Mujica.- Ignacio Valdés.- José María de Rozas.SESIÓN DE 7 DE DICIEMBRE DE 1813.Cuentas de la refacción de la cañería del pilón de la cárcel.- Gastos de compostura de puentes.En la ciudad de Santiago de Chile, a siete de diciembre de mil ochocientos trece, reunido el Muy Ilustre Ayuntamiento en su sala capitular, como lo es de uso y costumbre, se le hicieron presentes por su Regidor secretario las cuentas que el Monasterio de Nuestra Señora de la Victoria tenía rendidas de los gastos que había causado la refacción y compostura de la cañería del pilón de la cárcel; y [sic] instruido de ellas el Muy Ilustre Ayuntamiento, como de la aprobación que hacía el Regidor don Matías Mujica, a quien se comisionó su examen y revisión, proveyó el Cuerpo el decreto siguiente: “Como parece al señor Regidor que ha examinado las cuentas; y el Sota-síndico mayordomo cubrirá el alcance que resulta a favor de dicho Monasterio, en virtud de la libranza que al efecto se extenderá para documento de sus cuentas, quedando éstas archivadas”.Y, por último, se vieron también las cuentas que rindió el Director de Obras públicas don Luis de Santa María de los gastos invertidos en la compostura y refacción de los puentes inmediatos al Carmen de San Rafael; y resultando arregladas y comprobadas documentalmente, proveyó el Muy Ilustre Ayuntamiento el siguiente decreto: “Apruébanse, y archívese, como parece al señor Regidor que las ha revisado”. Con lo cual se concluyó el acuerdo, que firmaron los señores que se hallaron presentes en el día de esta asistencia. José Antonio Valdés.- Matías Mujica.- Ignacio Valdés.- José María de Rozas.- Doctor Bustamante, Regidor secretario.SESIÓN DE 22 DE DICIEMBRE DE 1813.Asignación de sueldo al llavero de la cárcel.- Solicitud del Alcaide.- Solicitud del Cabo de alguaciles.En la ciudad de Santiago de Chile, a veinte y dos de diciembre de mil ochocientos trece, hallándose el Muy Ilustre Ayuntamiento reunido en su sala capitular, como lo acostumbra para evacuar sus negocios, instruido del anterior acuerdo mandó se leyese el expediente de Francisco Romero sobre asignación de algún sueldo en premio del servicio de más de veinte años que ha tenido de llavero en esta cárcel; y orientado el Cuerpo de su estado y del parecer de su Procurador General que sobre el particular produjo, acordaron los señores se dictase el decreto siguiente: “Como parece al Procurador General; y pásese el expediente al Superior Gobierno para su resolución”.En seguida se vio una representación del Alcaide Claudio Medrano, solicitando no se le haga rebaja de su salario para aumentar el del llavero; y los señores proveyeron: “Traslado al Procurador General”.Y, últimamente, se relacionó el expediente del Cabo de alguaciles Tomás Gómez, sobre que se le mandase abonar el sueldo íntegro del mes que estuvo en prisión por la imputación de un robo; y con lo expuesto por el Procurador General, proveyó el Ayuntamiento el decreto siguiente: “Santiago y diciembre 22 de 1813.- Como parece al Procurador General, y en su virtud, el Sota-síndico entregará al Cabo de alguaciles Tomás Gómez los quince pesos que se le dejaron de pagar en el mes de su prisión, en virtud de recibo, que le servirá de documento en su cuenta. Y por lo que respecta a los catorce pesos que repite contra el Ministro Valentín [sic], no ha lugar, y use de su derecho contra quien deba”.Y no habiendo habido otros asuntos que determinar y tratar, mandaron los señores se cerrase el acuerdo, el que firmaron en su sala capitular en el día de la fecha. [Faltan las firmas].SESIÓN DE 24 DE DICIEMBRE DE 1813.Nombramiento de Capellán para la cárcel.- Empleo de Secretario del Cabildo.En la ciudad de Santiago de Chile, a veinte y cuatro de diciembre de mil ochocientos trece años, hallándose el Muy Ilustre Ayuntamiento reunido en acuerdo ordinario en su sala capitular, dijeron: que por cuanto el Superior Gobierno, en decreto de veinte y uno de diciembre de mil ochocientos trece, aprobaba el nombramiento de Capellán para la cárcel pública, resuelto por la Sala de Justicia en el padre jubilado fray Tadeo Silva con la dotación de doscientos pesos anuales, según lo manifestaban los decretos testimoniados con que se le daba cuenta, se oficiase por Secretaría a dicho padre para que estuviese advertido que desde este día debía ejercer las obligaciones de tal capellán y empezarle a correr su dotación, y que dichos documentos se archivasen para constancia del nombra miento y de las obligaciones que debía desempeñar el Capellán; y así se ejecutó, comunicándolo también al Sota-síndico mayordomo para la contribución del sueldo.En seguida dio cuenta al Muy Ilustre Ayuntamiento el Regidor secretario Doctor don Timoteo de Bustamante haberse dirigido del Superior Gobierno un certificado de los decretos aprobatorios del nombramiento de Secretario en su persona, con el sueldo anual de quinientos pesos; y representando que debía abonársele su asignación desde el día catorce de agosto en que se le hizo el nombramiento, por haber estado sirviendo y desempeñando la Secretaria, cuya confirmación se le había hecho; y que por la calidad con que el Superior Gobierno expresaba en su referido decreto, de que el empleo debía ser anualmente amovible, y su elección del Superior Gobierno, a propuesta del Cabildo, nunca estaría bien servida y desempeñada en un tiempo tan corto en que no podrían organizarse y arreglarse los muchos papeles y negocios de su archivo, cuyo objeto principal e interesante le había obligado a la creación de esta plaza; que con este motivo y la frecuente sucesión de los empleados no habría secreto ni reserva en sus negocios, por la variación de sujetos que deberían servir este destino; por cuya causa y consideraciones no podría desempeñar la Secretaría con toda aquella dedicación y trabajo que prepasa; y, sobre todo, que siendo una plaza propia de los negocios del Ayuntamiento y sólo amovible a su voluntad, lo representaba para que el Cuerpo determinase sobre el particular lo que hallase por conveniente y de justicia. Y oídas todas las reflexiones que hizo el Secretario, retirándose éste de su sala, resolvieron los señores los puntos siguientes:1º. Que se le satisfaciese la asignación desde el día catorce de agosto en que fue nombrado por el Ayuntamiento, en atención a haber sido aprobado y confirmado por la Superioridad y a que este empleo lo ha estado desempeñando en todo este tiempo sin intermisión alguna, siéndole de mérito muy recomendable el haber también servido el mismo destino en interinato y sin gratificación alguna desde el diez de abril, en que los negocios que se trataban eran de la mayor arduidad y gravedad;2º. Que se reclamase a la Superioridad la condición de ser el empleo anualmente amovible a propuesta del Cabildo y elección del Gobierno, por los inconvenientes que a primera vista resultarían y por reputarse el Cuerpo autorizado para hacerlo a su voluntad, eligiendo un Secretario que fuese de su plena confianza, de aptitud y de luces para desempeñar los asuntos de la Secretaría; y, finalmente, considerando que el tiempo de un año es limitado para arreglar y tomar conocimiento de los papeles del archivo, de que tal vez no se tiene conocimiento por la dificultad de su lectura, cuyo trabajo nadie se atrevería a soportar por el temor y recelo de su remoción; y
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